Expediente Nro. 10.651/20
14º Sesión Ordinaria
28/10/2020
VISTO:
La Ordenanza Nro. 3006, referida a régimen de becas, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 15, de la ordenanza 3006, enuncia: “en caso de atraso de la Comisión Municipal de becas, por cuestiones administrativas, y la misma no pudiere realizar el dictamen anual de beneficiarios en tiempo y forma, las becas serán abonadas retroactivas al mes de febrero del mismo año.
Que, luego de la Resolución aprobada por unanimidad por el Cuerpo Deliberativo, en donde se solicitó al D.E.M., que a través de la Dirección General de Cultura y Educación Municipal se procediera, en forma retroactiva, a ordenar el pago de las becas a los estudiantes terciarios y Universitarios, en virtud de que no se daba ningún supuesto legal para la suspensión o cancelación del beneficio, se procedió al pago, hasta el día de la fecha de tres cuotas, correspondientes al año 2020.
Que, en reunión de la Comisión de Becas, presidida por la Sra, Stella Arzuaga, Directora de Cultura y Educación, la misma enunció que se procedería al pago de las becas a partir del mes de Septiembre, procediendo a la cancelación de dos cuotas por mes hasta cumplimentar lo que la ordenanza 3006 enuncia en relación a la retroactividad.
Que, si bien, debido a la situación producida por la pandemia por el virus COVID19, se suspendieron las clases presenciales, las mismas fueron reemplazadas por el abordaje a través de diferentes sistemas virtuales, cambiando las necesidades de los becarios en relación a gastos referidos a la continuidad de sus estudios.
Que, nos encontramos culminando el mes de octubre, y restan dos meses para cumplimentar el año 2020.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad la siguiente:
R E S O L U C I O N :
Artículo 1|°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal brinde de manera urgente la información que a continuación se detalla respecto del pago de Becas correspondiente al año en ejercicio.
a- Cuantas cuotas se efectivizaron en relación al pago de becas, considerando los beneficiarios que fueron seleccionados en el año 2019 y los ingresantes del año 2020.
Cuotas abonadas a las y los beneficiarios de becas municipales abarcadas por la ordenanza 3.006 hasta el momento de la aprobación de la presente respaldada por la documentación correspondiente que abale el pago de las mismas.
b- Enuncie a que meses corresponden dichos pagos y cuánto fue el monto de dinero absorbido en el mismo.
c- Cuál es el motivo para la falta de cumplimiento de lo acordado en relación al pago de dos cuotas mensuales a partir del mes de septiembre, para de este modo cumplir con la ordenanza 3006.
d- Que cantidad de dinero recibió de la Provincia de Buenos Aires en la partida referida al Fondo de Financiamiento Educativo a lo largo del presente Ciclo.
e- De qué modo efectivizará los pagos para cumplimentar con la retroactividad al mes de febrero, enmarcada en la Ordenanza 3006, art 15, considerando la pronta culminación del año 2020.
En caso de haber incumplimiento de pagos correspondientes a lo establecido en la ordenanza 3006 indique de qué modo regularizará lo adeudado a las beneficiarias y beneficiarios del programa de becas municipales.
Artículo 2°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 14º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 29 de Octubre de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario