Resolución Nro. 2726

Expediente Nro. 10.177/18

16º Sesión Ordinaria

14/11/2018

 

VISTO:

El contenido de la Ley 14491: 

ARTÍCULO 2º: Incorporase como incisos 18 y 19 del artículo 108 del Decreto-Ley 6769/58 «Ley Orgánica de las Municipalidades», y sus modificatorias, los siguientes:

 “Inciso 19: Llevar un Registro Especial de Ordenanzas y Disposiciones en general, numerado correlativamente, que adhieran a normas de carácter Provincial.

En los casos que se disponga la adhesión a una norma provincial, deberá comunicarse al Poder Ejecutivo Provincial, dentro de los tres (3) días hábiles contados desde su publicación, para ser incorporada a un Registro Provincial de adhesiones a normas de la Provincia de Buenos Aires (RANOP).”

ARTÍCULO 3º: Créase un REGISTRO PROVINCIAL DE ADHESIONES A NORMAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (RANOP), cuya finalidad será la de registrar las adhesiones a las normas de la Provincia de Buenos Aires, que realicen los Municipios que integran el territorio bonaerense. El mismo será llevado en las formas y condiciones que al efecto establezca la Autoridad de Aplicación designada por el Poder Ejecutivo.

ARTÍCULO 4º: Invitase a los Municipios que integran la Provincia de Buenos Aires a inscribir en el Registro creado en el artículo 3º de la presente, las adhesiones que hayan dispuesto con anterioridad a la sanción de la presente Ley.

La Ordenanza Municipal Nro. 2848/17:

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal dará cumplimiento al Artículo 108º – Inciso 19º del Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias; incorporando la presente disposición al Registro Especial de Ordenanzas y Disposiciones en General; en adhesión a la normativa Provincial señalada en el Artículo precedente. Comunicando dicha circunstancia al Poder Ejecutivo Municipal para su incorporación en el Registro Provincial de adhesiones a normas de la Provincia de Buenos Aires (RANOP) y;

CONSIDERANDO:

Que se llevó a cabo la Consulta Ciudadana  realizada a la Dirección de Ordenamiento Normativo de la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires de fecha 01/11/2018 cuya copia se adjunta a la presente.-

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad la siguiente:

 

R E S O L U C I Ó N   :

Artículo 1°: Solicitase al Señor Intendente Municipal proceda en forma urgente a  la inscripción del Municipio de Arrecifes en el Registro creado en el artículo 3° de la Ley 14.491.-

Artículo 2°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal proceda al  efectivo cumplimiento al Artículo 2º inciso 19 de la mencionada ley.-

Artículo 3°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal proceda a dar urgente  cumplimiento al Artículo 2º de la Ordenanza Municipal 2848/17.-

Artículo 4°: Teniendo en cuenta las consideraciones del Artículo 4° de la Ley 14.491, el Departamento Ejecutivo Municipal procederá a inscribir las adhesiones que se hayan dispuesto con anterioridad a la sanción de la Ley 14.491/12.-

Artículo 5°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal lleve a cabo las medidas necesarias para mantener actualizado dicho registro.-

Artículo 6°: Incorpórese como Anexo I de la presente disposición copia de la consulta realizada ante el Ranop.-

Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-                                                                                                                                                                                                                                             

Arrecifes, 15 de Noviembre de 2018.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

(Contiene Anexo).-

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