Expediente Nro. 10.177/18
16º Sesión Ordinaria
14/11/2018
VISTO:
El contenido de la Ley 14491:
ARTÍCULO 2º: Incorporase como incisos 18 y 19 del artículo 108 del Decreto-Ley 6769/58 «Ley Orgánica de las Municipalidades», y sus modificatorias, los siguientes:
“Inciso 19: Llevar un Registro Especial de Ordenanzas y Disposiciones en general, numerado correlativamente, que adhieran a normas de carácter Provincial.
En los casos que se disponga la adhesión a una norma provincial, deberá comunicarse al Poder Ejecutivo Provincial, dentro de los tres (3) días hábiles contados desde su publicación, para ser incorporada a un Registro Provincial de adhesiones a normas de la Provincia de Buenos Aires (RANOP).”
ARTÍCULO 3º: Créase un REGISTRO PROVINCIAL DE ADHESIONES A NORMAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (RANOP), cuya finalidad será la de registrar las adhesiones a las normas de la Provincia de Buenos Aires, que realicen los Municipios que integran el territorio bonaerense. El mismo será llevado en las formas y condiciones que al efecto establezca la Autoridad de Aplicación designada por el Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 4º: Invitase a los Municipios que integran la Provincia de Buenos Aires a inscribir en el Registro creado en el artículo 3º de la presente, las adhesiones que hayan dispuesto con anterioridad a la sanción de la presente Ley.
La Ordenanza Municipal Nro. 2848/17:
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal dará cumplimiento al Artículo 108º – Inciso 19º del Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias; incorporando la presente disposición al Registro Especial de Ordenanzas y Disposiciones en General; en adhesión a la normativa Provincial señalada en el Artículo precedente. Comunicando dicha circunstancia al Poder Ejecutivo Municipal para su incorporación en el Registro Provincial de adhesiones a normas de la Provincia de Buenos Aires (RANOP) y;
CONSIDERANDO:
Que se llevó a cabo la Consulta Ciudadana realizada a la Dirección de Ordenamiento Normativo de la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires de fecha 01/11/2018 cuya copia se adjunta a la presente.-
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad la siguiente:
R E S O L U C I Ó N :
Artículo 1°: Solicitase al Señor Intendente Municipal proceda en forma urgente a la inscripción del Municipio de Arrecifes en el Registro creado en el artículo 3° de la Ley 14.491.-
Artículo 2°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal proceda al efectivo cumplimiento al Artículo 2º inciso 19 de la mencionada ley.-
Artículo 3°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal proceda a dar urgente cumplimiento al Artículo 2º de la Ordenanza Municipal 2848/17.-
Artículo 4°: Teniendo en cuenta las consideraciones del Artículo 4° de la Ley 14.491, el Departamento Ejecutivo Municipal procederá a inscribir las adhesiones que se hayan dispuesto con anterioridad a la sanción de la Ley 14.491/12.-
Artículo 5°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal lleve a cabo las medidas necesarias para mantener actualizado dicho registro.-
Artículo 6°: Incorpórese como Anexo I de la presente disposición copia de la consulta realizada ante el Ranop.-
Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
Arrecifes, 15 de Noviembre de 2018.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario
(Contiene Anexo).-