Expediente Nro. 10.127/18
14º Sesión Ordinaria
10/10/2018
VISTO:
Que mediante Resolución Nro. 403/16 de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 11/11/2016 EL SECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Crear la Red Provincial de Hogares de Protección Integral, que será conformada por los dispositivos de alojamiento transitorio para víctimas de violencia familiar y de género que funcionen en jurisdicción de los municipios que adhieran al Sistema Integrado Provincial (SIP) que crea el artículo 2° de la presente. Dichos municipios quedarán, por su sola adhesión, obligados a alojar en sus establecimientos a las víctimas que pueda derivarles la Subsecretaría de Género y Diversidad Sexual. (Negrita y subrayado nos pertenece).-
ARTÍCULO 2°. Crear el Sistema Integrado Provincial (SIP), que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Género y Diversidad Sexual. El objeto del Sistema Integrado Provincial es establecer el modo de abordaje de la problemática de la violencia familiar y de género, permitiendo la utilización organizada de los recursos existentes en la Provincia.-
ARTÍCULO 3º. Integran el Sistema Integrado Provincial:
- La Mesa Intersectorial Provincial prevista en el artículo 20º inciso c) del Decreto Nro. 2.875/05 (texto según art. 14, Anexo Único, Decreto Nro. 436/15).-
- Las Mesas Locales Intersectoriales establecidas en el artículo mencionado en el inciso anterior.-
- El conjunto de Acompañantes contemplados en el artículo N° 6 ter de la Ley N° 12.569.-
- La Red Provincial de Hogares de Protección Integral creada mediante el artículo 1° de la presente.
- El Registro Único de Casos de Violencia de Género creado por la Ley Nro. 14603.
ARTÍCULO 7º. Invitar a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir al Sistema Integrado Provincial. En los Municipios adherentes resultarán de obligatorio cumplimiento los documentos técnicos aprobados mediante los artículos 4°, 5° y 6° de la presente resolución y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Municipal 2860/17 en su Artículo 1º: Declara “…prioritarias las políticas públicas relativas a Violencia Familiar, de Género y por delitos contra la integridad sexual en el partido de Arrecifes”.-
Artículo 2°: En función de la prioridad declarada en el artículo precedente, el Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá:
- a) La creación de un Registro Único de Violencia Familiar, de Género y por Delitos denunciados contra la integridad sexual que recoja la totalidad de las denuncias realizadas en las distintas dependencias receptoras de denuncias y de detección de los casos, como el Servicio Local de Niñez y Adolescencia, la Dirección de Acción Social, el Centro de Referencia Arrecifes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, la Ayudantía Fiscal, la Comisaría de la Mujer y la Familia y otras dependencias policiales, Hospital Municipal y Centros de Atención Primarias de la Salud, grupo GAVID y demás instituciones públicas o privadas que intervengan.-
El Artículo 3°: Autoriza al Departamento Ejecutivo a:
a) Contemplar el incremento de programas de asistencia económica destinados a mujeres víctimas de violencia de género y de delitos contra la integridad sexual, favoreciendo el empoderamiento y la autonomía económica de las víctimas, no sólo bajando programas disponibles en la actualidad de la provincia de Buenos Aires y Nacionales sino incrementando el presupuesto del ejercicio fiscal 2018.-
b) Articular con la Provincia de Buenos Aires y el Consejo Nacional de la Mujer la provisión de los recursos necesarios para el cumplimiento de las medidas restrictivas que dispongan los organismos competentes para asegurar la custodia y protección de las víctimas; la puesta en práctica de políticas públicas de prevención; la capacitación para efectores de salud, en especial respecto de la aplicación de los protocolos vigentes; el acceso a programas nacionales de prevención y atención integral.
Que la resolución 2710/18 de fecha 23/5/2018 de este Honorable Cuerpo indica en su Artículo 1º: “Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal adhiera en un todo al Fondo de Emergencias destinado a mujeres en situación de violencia de género, habilitado por la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad, la siguiente:
R E S O L U C I O N :
Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento de la ordenanza Nro. 2.848/17, a cuyo efecto celebre convenio entre la Municipalidad de Arrecifes y el Instituto Provincial de Género y Diversidad Sexual.-
Artículo 2º: Establézcase un plazo máximo de 30 días a partir de la aprobación de la presente, para la firma del convenio al que hace referencia el artículo 1°, y las gestiones complementarias para dar cabal cumplimiento con lo que se requiere para estar correctamente adherido.-
Artículo 3º: cumplidos artículos 1° y 2° Dese amplia difusión a los medios digitales, escritos, radiales y televisivos de Arrecifes.-
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 14º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
Arrecifes, 11 de Octubre de 2018.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario