Expediente Nro. 10.106/18
13º Sesión Ordinaria
26/09/2018
VISTO:
La Ordenanza Nro. 2786/16, aprobada el 23 de Noviembre de 2016, referente a la recuperación y mejoramiento del medio ambiente enfocado desde el adecuado tratamiento de los productos fitosanitarios, y;
CONSIDERANDO:
Que en las últimas horas y a través de un medio de comunicación un vecino denunció el mal uso de un producto prohibido en la zona donde se estaba aplicando.
Que ya pasaron casi dos años de la sanción de la norma y aun no encontramos resultados ni de control ni de información a la población sobre el alcance de esta ordenanza.
Que la normativa en cuestión fue aprobada por este Cuerpo Deliberativo en la 17º Sesión Ordinaria, celebrada el 23 de Noviembre de 2016 y notificada al Departamento Ejecutivo Municipal el 30 de Noviembre de 2016.-
Que en su artículo 40º preveía su entrada en vigencia a los noventa días de su promulgación.-
Que bajo expediente 9.847, fue aprobado por unanimidad un proyecto de Resolución el 9 de Noviembre de 2017 el cual solicitaba al Departamento Ejecutivo Municipal sin respuesta aun los siguientes puntos:
- Persona a cargo de la Dirección de Políticas Ambientales en nuestro distrito o en su defecto el área encargada del cumplimiento de la ordenanza Nro. 2.786/16, la cual se encuentra en plena vigencia desde el mes de Marzo de 2017.-
- Correo electrónico y número de teléfono donde los ciudadanos pueden realizar denuncias sobre algún incumplimiento de la mencionada ordenanza.-
- Copia del registro Municipal obligatorio de equipos aplicadores y el de los operadores comprendidos en el artículo 24º de la ordenanza 2.786/16.
- Informe mensual desde la puesta en vigencia de la Ordenanza 2.786 detallando si se han registrado denuncias, lo cual consta en el artículo 38º del libro el cual es creado a través del artículo 36º.
Que bajo el expediente 9.848, fue aprobada por unanimidad la Resolución que pedía al Departamento Ejecutivo Municipal que en forma urgente, proceda a reglamentar y aplicar la Ordenanza Nro. 2.786/16, sobre utilización responsable de los agroquímicos a fin de evitar la contaminación del ambiente y de los alimentos, protegiendo la salud humana, los ecosistemas y el fomento de las prácticas agroecológicas el 22 de noviembre de 2017 y no se recibió respuesta alguna por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.-
Que bajo Expediente Nro. 10.012, el 27 de junio de 2018, fue aprobado por unanimidad un Proyecto de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración de un plano de la localidad de Todd, con la delimitación de la zona de prohibición o exclusión de la aplicación de productos Fitosanitarios, en cualquiera de sus formas, en las condiciones previstas por la Ordenanza y su respectivo Anexo.
Que resulta imperiosa su puesta en práctica a los fines de evitar transgresiones e incumplimiento por parte de aplicadores de productos fitosanitarios y/o productores rurales, en detrimento de la salud de la población del Distrito, tal como el episodio vivido por vecinos de la localidad de Todd días pasados.
Por ello:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba, por unanimidad la siguiente:
R E S O L U C I Ó N :
Artículo 1º: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que en forma urgente, proceda a aplicar la Ordenanza Nro. 2.786/16, sobre utilización responsable de los agroquímicos a fin de evitar la contaminación del ambiente y de los alimentos.-
Artículo 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo de respuesta y cumplimiento a los proyectos de Resolución 2.702 y 2.703 del año 2017 y a la Comunicación 1.803 del año 2018.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 13º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTISEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
Arrecifes, 27 de Septiembre de 2018.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario