Expediente Nro. 9.845/17
16º Sesión Ordinaria
09/11/2017
VISTO:
La aprobación por parte de este Honorable Cuerpo de la Ordenanza Nro. 2.804/16, Ordenanza Fiscal e Impositiva; y
CONSIDERANDO:
Que la citada disposición establece en su Artículo 166º que el Departamento Ejecutivo mediante publicación en uno o más diarios locales, dará un término de treinta (30) días para la reparación de bóvedas, panteones, monumentos o sepulturas que, por su mal estado, requieran ser refaccionadas y puestas en debido estado de conservación.
Que en su artículo 167º establece que el Departamento Ejecutivo podrá recuperar la tenencia de las bóvedas, panteones o monumentos de sepulturas en estado de abandono, cuyos dueños no se presenten a hacer valer sus derechos dentro de un plazo de treinta (30) días.-
Que una vez recuperados estos bienes por el Departamento Ejecutivo Municipal, pueden ser puestos nuevamente a la venta.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad la siguiente:
R E S O L U C I Ó N :
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de solicitar que dé urgente cumplimiento a lo establecido en los Artículos 166º y 167º de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente Nro. 2.804/16, referente a bóvedas, panteones, monumentos o sepulturas.-
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA NUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Arrecifes, 10 de Noviembre de 2017.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
MARIA MONICA LORENZO – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario