Ordenanza Nro. 3439

Expediente Nro. 11.196/22

17º Sesión Ordinaria

26/10/2022

 

VISTO:

El expediente Nro. 11.196/22 relacionado con la presentación efectuada por la Asociación Civil Sociedad Vasca “Euskaldunak Denak Bat” de esta ciudad de Arrecifes; proponiendo la elaboración y aprobación del instrumento normativo que permita declarar al “retoño” del Roble de Guernica, situado en el patio de la Institución como “Patrimonio Histórico de la Democracia y de la Paz” por su relevancia histórica para el Pueblo de Guernica y el profundo sentimiento de aquellos descendientes de inmigrantes del país vasco que actualmente residen en nuestro distrito y;

CONSIDERANDO:

Que el legendario árbol de Guernica, como es llamado, es sumamente importante tanto para Vizcaya como para el país vasco.-

Que a lo largo de su existencia Guernica ha sido una villa democrática y bajo la sombra de su roble se debatían ideas, se sancionaban leyes y se elegían sus gobiernos, quienes juraban su lealtad al Pueblo Vasco.-

Que según relata la historia, todo comenzó cuando el Señorío se integró en el Reino de Castilla; en la Casa de Juntas de Guernica se encuentra un cuadro del pintor alavés Francisco de Mendieta y Retes (siglo XVII) en el que se muestra a Fernando el Católico Jurando bajo el árbol los Fueros de Vizcaya.-

Que dicho acto se ha mantenido como costumbre hasta la actualidad.-

Que de hecho cada nuevo lehendakari jura su cargo en el mismo lugar que lo hiciera el rey Fernando en su época.-

Que según la tradición se cree que el Roble de Guernica nació en 1334 y murió en 1881, fue el primero y lo llamaron “Árbol Padre”.-

Que han existido retoños de aquel árbol, como el “Árbol Viejo” el cual fue plantado en 1742, y murió en 1892, año en el que le fue colocado un templete para su exhibición.

Que poco después fue plantado el “Árbol Hijo”, este  estuvo presente en 1937, cuando Guernica fue destruida producto del continuo bombardeo durante tres horas de la aviación nazi de Adolf Hitler con autorización del dictador Francisco Franco, quién quiso doblegar y hacer desaparecer a un pueblo orgulloso de su historia.-

Que estuvo a punto de ser cortado por los falangistas porque lo consideraban un símbolo nacionalista. Afortunadamente, el entonces capitán del Tercio de Begoña, Jaime del Burgo Torres, mandó formar un escuadrón de requetés armados que rodearon el árbol e impidieron que fuera dañado.

Que en 2004 muere como consecuencia del hongo Armillaria mellea, y es sustituido por uno de sus retoños, que nació en 1986.-

Que el roble de Guernica que hoy se encuentra en el patio de la Sociedad Vasca, es un retoño de aquel “que sobrevivieron al feroz bombardeo”.-

Que hace 79 años que el ejemplar se halla en el patio de la Institución.-

Que dado la relevancia histórica Cultural del Roble de Guernica a nivel internacional y sobre todo para la comunidad vasca radicada en nuestro distrito, es que deben llevarse a cabo las acciones conducentes para la Declaración del “Retoño del Roble de Guernica” como “Patrimonio Histórico de la Democracia y de la Paz”, además de impulsar las acciones desde el propio estado Municipal para su conservación y protección.-

Que la Ordenanza Nro. 1.606/02 establece los lineamientos para la  preservación y protección de aquellos bienes muebles o inmuebles, públicos o privados, considerados componentes del patrimonio cultural, histórico, arquitectónico, urbanístico, paisajístico y ambiental, tutelado por la Constitución Nacional y de la Provincia de Buenos Aires, como así también fija el alcance de las declaraciones de interés patrimonial de los mismos.-

Que el artículo 2° de la referida disposición establece: “…. A los fines de la presente ordenanza, serán declarados de interés patrimonial los bienes públicos o privados que sean relevantes en los siguientes campos de interés:

  1. HISTÓRICO-SIMBÓLICO-SOCIAL: Todo edificio, sitio, área urbana o especies arbóreas que haya sustentado o contenido algún hecho de importancia en la historia de la Ciudad, Provincia o Nación, o que por alguna razón sea un caso único y referente para la comunidad. En esta categoría se incluye:
  • Relevancia del propietario, proyectista o constructor.
  • Grado de representatividad en la historia oficial, popular o de valor anecdótico.
  • Significación que la comunidad le otorga como referente urbano”.

Que en virtud de lo expuesto precedentemente resulta conveniente impulsar la declaración del Interés patrimonial del “Retoño del Roble de Guernica”.-

Por ello: 

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 O R D E N A N Z A   :

Artículo 1°: Declarase “PATRIMONIO HISTÓRICO DE LA DEMOCRACIA Y DE LA PAZ” al “Retoño del Roble de Guernica” situado en el patio de la Sociedad Vasca “Euskaldunak Denak Bat” de la ciudad de Arrecifes.-

Artículo 2°: Declarase de Interés Patrimonial en el campo “HISTORICO – SIMBOLICO – SOCIAL” para el Distrito de Arrecifes, en los términos del artículo 2° – Inciso a) de la Ordenanza Nro. 1.606/02, al “Retoño del Roble de Guernica” (Quercus), ubicado en el inmueble de propiedad de la Sociedad Vasca de Arrecifes “Euskaldunak Denak Bat” sito en calle Lamadrid 236 de esta ciudad de Arrecifes.-

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal llevará a cabo las medidas de preservación e identificación dispuestas en la Ordenanza Nro. 1.606/02.-

Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 17º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.- 

Arrecifes, 27 de Octubre de 2022.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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