Ordenanza Nro. 3431

Expediente Nro. 11.162/22

16º Sesión Ordinaria

12/10/2022

 

VISTO:

La Ley 14.650 la cual crea el Sistema de Promoción y Desarrollo de la Economía Social y Solidaria de la Provincia de Buenos Aires, y;

CONSIDERANDO:

Que existen en nuestro Distrito numerosas familias que obtienen parte de sus ingresos a través de micro emprendimientos que se ven reflejados en Ferias, Mercados y demás canales de ventas.-

Que resulta imperioso dar todo el impulso posible desde el Estado a fin de que dichos emprendedores cuenten con la posibilidad de disponer de todas las herramientas posibles para un normal desarrollo.-

Que la economía social emerge como un paradigma anclado en una matriz solidaria, de raigambre fuerte y estrictamente democrática, en la que a partir de los anudamientos sociales, se va conformando una red de personas que, a partir de su colectivización, logran insertarse en los circuitos económicos logrando estándares de sustentabilidad, competitividad y sostenibilidad.-

Que es deber del Estado acompañar con la aplicación de políticas públicas un adecuado marco de incentivo y apoyo permanente a este sector social-productivo, a fin de ir mejorando paulatinamente en la realización de los eventos que se realicen dentro del marco normativo dispuesto por la Ley 14.650.-

Que no existe hasta la actualidad marco regulatorio local coincidente con las prescripciones de la normativa Provincial.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1°: Adhiérase en todos sus términos a la Ley 14.650 de la Provincia de Buenos Aires de Creación del Sistema de Promoción y Desarrollo de la Economía Social y Solidaria de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá crear una partida presupuestaria a fin de solventar los gastos que demanden la realización de Ferias, Mercados, etc. en apoyo de la Economía Social y Solidaria.-

Artículo 3°: Anéxese a la presente disposición copia de la Ley 14.650 y su Decreto Reglamentario 2.552/2015.-

Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA DOCE  DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

Arrecifes, 13 de Octubre de 2022.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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