Expediente Nro. 11.162/22
16º Sesión Ordinaria
12/10/2022
VISTO:
La Ley 14.650 la cual crea el Sistema de Promoción y Desarrollo de la Economía Social y Solidaria de la Provincia de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que existen en nuestro Distrito numerosas familias que obtienen parte de sus ingresos a través de micro emprendimientos que se ven reflejados en Ferias, Mercados y demás canales de ventas.-
Que resulta imperioso dar todo el impulso posible desde el Estado a fin de que dichos emprendedores cuenten con la posibilidad de disponer de todas las herramientas posibles para un normal desarrollo.-
Que la economía social emerge como un paradigma anclado en una matriz solidaria, de raigambre fuerte y estrictamente democrática, en la que a partir de los anudamientos sociales, se va conformando una red de personas que, a partir de su colectivización, logran insertarse en los circuitos económicos logrando estándares de sustentabilidad, competitividad y sostenibilidad.-
Que es deber del Estado acompañar con la aplicación de políticas públicas un adecuado marco de incentivo y apoyo permanente a este sector social-productivo, a fin de ir mejorando paulatinamente en la realización de los eventos que se realicen dentro del marco normativo dispuesto por la Ley 14.650.-
Que no existe hasta la actualidad marco regulatorio local coincidente con las prescripciones de la normativa Provincial.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: Adhiérase en todos sus términos a la Ley 14.650 de la Provincia de Buenos Aires de Creación del Sistema de Promoción y Desarrollo de la Economía Social y Solidaria de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá crear una partida presupuestaria a fin de solventar los gastos que demanden la realización de Ferias, Mercados, etc. en apoyo de la Economía Social y Solidaria.-
Artículo 3°: Anéxese a la presente disposición copia de la Ley 14.650 y su Decreto Reglamentario 2.552/2015.-
Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA DOCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-
Arrecifes, 13 de Octubre de 2022.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario