Expediente Nro. 10.785/21
Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes
23/02/2022
VISTO:
La necesidad de adquirir una máquina motoniveladora para ser destinada a la realización de obras de mejoramiento de caminos, nivelaciones de suelo y que resultan de interés público, y;
CONSIDERANDO:
Que, se estima conveniente para financiar la adquisición de la máquina motoniveladora, tomar un préstamo de la línea predispuesta por el Banco de la Provincia.
Que, conforme lo normado por el art. 46 del Decreto Ley 6769/58 en consonancia con lo prescripto por el artículo 193° – inciso 3° de la Constitución de la Provincia, la contratación de empréstito debe ser autorizada por Ordenanza.
Que por ello:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, aprueba por unanimidad en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: Facultase al Departamento Ejecutivo a contraer con el Banco de la Provincia de Buenos Aires un empréstito de hasta la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES ($: 26.000.000,00).-
Artículo 2°: El préstamo que se autoriza a contraer estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:
Tipo de operación: préstamo amortizable a interés vencido.
Sistema de amortización: alemán (cuotas de capital constantes a partir de la finalización del período de gracia).
Periodicidad de los servicios: mensual.
Vencimiento de los servicios: Las cuotas vencerán el mismo día de la efectivización del préstamo de los meses siguientes.
Plazo: Cuarenta y ocho (48) meses, con un período de gracia de seis (6) meses para el pago de capital. Los servicios de intereses serán pagaderos mensualmente desde el primer mes a partir de la efectivización.-
Tasa de interés: 35% TNA (treinta y cinco por ciento nominal anual vencida).
Forma de pago: débito en cuenta corriente.
Garantía: cesión de los derechos sobre los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente.
Artículo 3º: El empréstito será destinado a la adquisición de una máquina motoniveladora destinada a la realización de obras de mejoramiento de caminos, nivelaciones de suelo y que resultan de interés público.
Artículo 4º: La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en caso de insuficiencia de fondos, autorizará irrevocablemente al Banco a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza al Banco de la Provincia de Buenos Aires a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del presente préstamo. A pedido del Banco, esta garantía podrá reemplazarse por la cesión de los derechos de la recaudación de tasas municipales.
Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y futuros, los rubros y partidas necesarios para dar ingreso a los recursos referidos y egreso de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.
Artículo 6°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación.
Artículo 7°: Téngase por cumplimentado el informe técnico y de evaluación de la Subsecretaria de Coordinación Económica y Estadística del Ministerio de Finanzas de la provincia de Buenos Aires en cumplimiento de las Leyes 13.295 y 12.462.-
Artículo 8°: Téngase por cumplimentado el dictamen en relación a la capacidad financiera de la Municipalidad de Arrecifes, elaborado por el Honorable Tribunal de Cuentas de las provincia de Buenos Aires.-
Artículo 9°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, CELEBRADA EL DÍA VEINTITRES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-
Arrecifes, 24 de Febrero de 2022.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario