Expediente Nro. 10.919/21
6º Sesión Extraordinaria
07/12/2021
VISTO:
El Estado de deuda emitido por PROVINCIA A.R.T. según Contrato 120687, del cual surgen diferencias a favor de la Aseguradora por un error del sistema de liquidación de haberes, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante los artículos 140º y 141º del Reglamento de Contabilidad se regula el reconocimiento de deuda de ejercicios anteriores no contabilizados, indicando que debe tramitarse el expediente para comprobar la legitimidad del derecho invocado por el acreedor.-
Que, de acuerdo a lo expuesto precedentemente se ha dado origen al expediente municipal Nro. 149.917 de fecha 03 de septiembre de 2020, de reconocimiento de deuda dando cumplimiento a lo dispuesto mediante la normativa antes descripta.-
Que, habiendo cumplido con los requisitos exigidos en los artículos de referencia, debe solicitarse autorización al Honorable Concejo Deliberante, en virtud de que la deuda que se reclama involucra ejercicios anteriores.-
Que, se han adjuntado al expediente citado todos los elementos de prueba existentes en la Comuna.-
Que, del mismo surge que las diferencias reclamadas por Provincia ART se deben a los conceptos no remunerativos de la liquidación de sueldos de los períodos 07/2015, 08/2015, 09/2015, 10/2015, 11/2015 y 12/2015 y 2º Sueldo anual complementario 2015.-
Que, el cálculo y el pago del importe de la contribución de Ley de Riesgos del Trabajo se consideró solo los conceptos remunerativos, omitiendo los conceptos no remunerativos, y las Declaraciones Juradas NO SUSS (DDJJ) presentadas posteriormente fueron por los conceptos remunerativos y no remunerativo, ello de acuerdo con lo estipulado en el artículo 10 de la Ley Nro. 26.773.-
Que, el plan de pagos propuesto por PROVINCIA A.R.T. y de acuerdo a las mejores circunstancias económicas que resultan beneficiosas a los intereses de la Municipalidad de Arrecifes, tendrá las siguientes condiciones financieras:
- TOTAL DE LA DEUDA MUNICIPAL ALCANZADA: de pesos ciento noventa y tres mil ochocientos sesenta y nueve con 38/100 ($: 193.869,38).
- PLAZO DE DEVOLUCIÓN, VALOR Y PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS: de 6 meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas de pesos treinta y seis mil ochenta y cuatro con 90/100 ($: 36.084,90).
- TASA DE INTERES MENSUAL POR FINANCIACIÓN: 3,25%.
Que se hace necesario contar con la norma administrativa correspondiente a fin de proceder a efectivizar el pago adeudado.-
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar la deuda que ha dado origen al Expediente Administrativo Nro. 149.917/2020, en relación a los conceptos no remunerativos de la liquidación de sueldos de los períodos 07/2015, 08/2015, 09/2015, 10/2015, 11/2015 y 12/2015 y 2º Sueldo anual complementario 2015, la que asciende a la suma de Pesos Doscientos dieciséis mil quinientos nueve con 40/100 ($: 216.509,40) incluido intereses por la financiación.-
Artículo 2º:Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenio con Provincia A.R.T. a fin de que la deuda mencionada se abone de acuerdo a las mejores circunstancias económicas que resulten beneficiosas a los intereses de la Municipalidad de Arrecifes.-
Artículo 3º: La erogación autorizada queda actualmente enmarcada en el artículo 141º del Reglamento de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 6º SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA SIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
Arrecifes, 9 de Diciembre de 2021.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario