Ordenanza Nro. 3338

Expediente Nro. 10.877/21

6º Sesión Extraordinaria

07/12/2021

 

VISTO:

El Expediente Nro. 10.877/21 relacionado con la nota presentada por la Asociación Civil “CLUB ATLÉTICO OBRAS SANITARIAS”, solicitando su declaración como Entidad de Bien Público e inscripción en el registro municipal respectivo en los términos de la Ordenanza Nro. 1.009/94 y sus modificatorias y;

CONSIDERANDO:

Que la Institución se constituyó el 7 de Septiembre de 1953, con el objeto de: a) fomentar la práctica de los deportes en general; b) propender a elevar el nivel cultural y además intelectual de sus asociados, por medio de actos, conferencias, cursos, etc., bregando al mismo tiempo por la creación y mantenimiento de una biblioteca pública; c) propiciar la creación de una guardería infantil, jardín de infantes y todo lo que signifique un trato preferencial a la niñez; d) colaborar con las autoridades nacionales, provinciales y municipales en todo lo que redunde en beneficio de la comunidad; e) desarrollar un ambiente de cordialidad y solidaridad entre sus asociados, quienes gozarán de todos los beneficios sociales posibles; y f) adquirir las tierras y locales apropiados para la concreción de dichos fines.-

Que la entidad ha acompañado la documentación probatoria exigida por el artículo 4° de la ordenanza Nro. 1009/94:

  • Copia del estatuto de la Asociación Civil obrante a fs. 2-19
  • Copia del Decreto Nro. 9.239 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires el 13 de Septiembre de 1967, reconociendo a la entidad el carácter de Persona Jurídica, obrante a fs. 83.-
  • Copia del acta de elección de autoridades, obrante a fs. 27-27vta.-
  • Copia del Balance iniciado el 01/10/2017 y finalizado el 30/09/2018, presentado ante la DPPJ, obrante a fs. 29-45. En cuanto a los balances pertenecientes a los ejercicios 2019 y 2020, la entidad recurrente ha informado que la documental respectiva ha sido intervenida por el Colegio Profesional de Ciencias Económicas y remitida a la DPPJ para su aprobación, copia obrante a fs. 48-81
  • Copia autenticada del certificado de vigencia Nro. 38717 de la DPPJ, con vencimiento 31/03/2022, obrante a fs. 82.-

Que en mérito a los antecedentes acompañados y cumplimentados los requisitos exigidos por la Ordenanza Nro. 1009/94 y sus modificatorias, deviene necesario, dar curso favorable a la solicitud de declaración como entidad de bien público.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Declarase Entidad de Bien Público a la Asociación Civil “CLUB ATLÉTICO OBRAS SANITARIAS”, Cuit Nro. 30-70901955-0; con domicilio social y legal en calle General Hornos Nro. 450 de esta ciudad de Arrecifes, reconocida en el carácter de Persona Jurídica mediante Decreto Nro. 9.239, dictado por el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires el 13 de Septiembre de 1967, DPPJ Matricula: 2319 – Legajo Nro. 10.682.-

Artículo 2º: Incorpórense como Anexo I de la presente disposición copia de los antecedentes vinculados a la Asociación Civil, para que dicha entidad sea inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público, dependiente de la Secretaria de Gobierno Municipal, conforme las prescripciones de la Ordenanza Nro. 1009/94 y sus modificatorias.-

Artículo 3º: Remítase copia de la presente disposición a la entidad recurrente para su conocimiento.-

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 6º SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA SIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

Arrecifes, 9 de Diciembre de 2021.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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