Ordenanza Nro. 3305

Expediente Nro. 10.841/21

16º Sesión Ordinaria

13/10/2021

 

VISTO:

El Expediente Nro. 10.841/21 conexo a la nota presentada por las autoridades del Club Social y Deportivo Huracán de Arrecifes Asociación Civil, solicitando la declaración como Entidad de Bien Público y;

CONSIDERANDO:

Que la Institución se constituyó el 17 de mayo de 2017, con el objeto de: a) difundir y estimular la práctica de actividades deportivas, culturales y sociales para sus socios y asociados y terceros; b) realizar competencias deportivas a nivel local, regional y/o nacional; c) desarrollar actividades de recreación entre sus asociados y apoyar las prácticas deportivas, culturales y sociales; d) desarrollar un ambiente de cordialidad y solidaridad entre sus asociados, quienes gozarán de todos los beneficios sociales posibles; e) propender el mejoramiento intelectual y cultural de sus asociados tratando de fomentar las actividades al bien común y al interés general; y f) toda actividad será desarrollada sin fines de lucro y realizada por personal idóneo.-

Que la Asociación Civil cumple perfectamente con las exigencias previstas por el artículo 2° de la Ordenanza Nro. 1009/94, toda vez que el plexo normativo expresa puntualmente que “… toda Institución con Domicilio en el Partido cualquiera sea su forma jurídica, que tenga por objeto principal el bien común, desarrolle sin fines de lucro actividades tendientes a su prosecución…” será considerada Entidad de Bien Público.-

Que la entidad ha acompañado la documentación probatoria exigida por el artículo 4° de la ordenanza Nro. 1009/94:

  • Copia autenticada del estatuto de la Asociación Civil obrante a fs. 2-13
  • Copia autenticada de la Resolución Nro. 2017-5411-E-GDEBA-DPPJMJGP, dictada por la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires de fecha 30 de Agosto de 2017, reconociendo a la entidad el carácter de Persona Jurídica, obrante a fs. 25- 25vta.-
  • Copia autenticada del acta de elección de autoridades, obrante a fs. 15-15vta.-
  • Copia autenticada del Balance al 31 de diciembre de 2020, presentado ante la DPPJ, obrante a fs. 27-40.-
  • Copia autenticada del certificado de vigencia Nro. 37496 de la DPPJ, con vencimiento 31/12/2021, obrante a fs. 16.-

Que en mérito a los antecedentes acompañados y cumplimentados los requisitos exigidos por la Ordenanza Nro. 1009/94 y sus modificatorias, deviene necesario, dar curso favorable a la solicitud de declaración como entidad de bien público.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Declarase Entidad de Bien Público al “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO HURACAN ARRECIFES ASOCIACIÓN CIVIL”, con domicilio social y legal en calle Corrientes Nro. 565 de esta ciudad de Arrecifes, reconocida en el carácter de Persona Jurídica mediante Resolución 2017-5411-E-GDEBA-DPPJMJGP, dictada por la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires de fecha 30 de Agosto de 2017.-

Artículo 2º: Incorpórense como Anexo I de la presente disposición copia de los antecedentes vinculados a la Asociación Civil, para que dicha entidad sea inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público, dependiente de la Secretaria de Gobierno Municipal, conforme las prescripciones de la Ordenanza Nro. 1009/94.-

Artículo 3º: Remítase copia de la presente disposición a la entidad recurrente para su conocimiento.-

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

Arrecifes, 14 de Octubre de 2021.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

(Contiene Anexo).-

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