Ordenanza Nro. 3304

Expediente Nro. 10.822/21

16º Sesión Ordinaria

13/10/2021

 

VISTO:

El expediente Nro. 10.822/21 relacionado con la nota presentada por el Consejo Distrital de las Personas con Discapacidad de Arrecifes; mediante la cual solicita al Honorable Cuerpo promueva la adhesión a la Ley Provincial Nro. 15.296

Que la mencionada normativa establece la capacitación obligatoria en la temática de discapacidad desde un enfoque de derechos humanos, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, ya sea por cargo electivo, designación directa, por concurso o cualquier otro medio legal, en el ámbito de los tres poderes del Estado Provincial y;

CONSIDERANDO:

Que en el año 2006 la Asamblea de las Naciones Unidas aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a la cual nuestro país adhirió mediante la sanción de la ley 26.378 del año 2008.-

Que en el año 2014 mediante la Ley 27.044 se le otorga jerarquía constitucional.-

Que la intención de la convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad y promover el respeto de su dignidad inherente.-

Que la convención Internacional, en su artículo 8° refiere acerca de la toma de conciencia, que implica un compromiso por parte de los estados para sensibilizar a la sociedad sobre el respeto y la dignidad de las personas con discapacidad; luchar contra estereotipos, perjuicios, prácticas nocivas y promover la toma de conciencia respecto de las capacidades y contribuciones de las personas con discapacidad.-

Que en su artículo 4° – inciso c) la convención establece además como una de las obligaciones generales el hecho de “tener en cuenta, en todas las políticas y todos los programas, la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad.-

Que en referencia a ambos artículos el estado provincial, ha dictado en consecuencia la Ley 15.296, proponiendo una capacitación obligatoria en materia de discapacidad para todas las personas que se desempeñen en el sector público provincial a fin de promover un cambio de paradigma con respecto a las personas con discapacidad.

Que la mencionada ley invita a los municipios de la provincia de Buenos Aires a adherir a la misma.-

Que la propuesta de capacitación obligatoria es una herramienta que favorecerá al estado municipal para construir una sociedad más justa y equitativa en un marco pleno de igualdad con los demás.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1°: El Municipio de Arrecifes adhiere a la Ley 15.296 de la provincia de Buenos Aires; de capacitación obligatoria en la temática de discapacidad desde un enfoque de derechos humanos, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, ya sea por cargo electivo, designación directa, por concurso o cualquier otro medio legal, en el ámbito de los tres poderes del Estado Provincial.-

Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal notificará al Poder Ejecutivo Provincial acerca de la vigencia de la presente ordenanza, para su incorporación en el Registro Provincial de Adhesiones  a normas de la provincia de Buenos Aires (RANOP), conforme el procedimiento dispuesto por el artículo 108° – Inciso 19° del Decreto Ley 6769/58.-

Artículo 3°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.- 

Arrecifes, 14 de Octubre de 2021.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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