Ordenanza Nro. 3290

Expediente Nro. 10.828/21

14º Sesión Ordinaria

08/09/2021

 

VISTO:

El espacio de inclusión que generan los playones deportivos, que son un lugar de encuentro para que los niños y adolescentes puedan llevar adelante sus prácticas deportivas y recreativas y;

CONSIDERANDO:

La importancia de promover la práctica deportiva en todos los barrios de la ciudad.

Que el distrito de Arrecifes ya cuenta con espacios destinados a tal fin en diferentes sectores públicos.

Que, atento la importancia y continua utilización de dichos playones, resultaría necesaria su construcción en los distintos barrios que aún no lo poseen.

Que es sumamente relevante incentivar la práctica deportiva, basada en la educación corporal, física, y motriz.

Que los beneficios que conlleva el deporte son muy importantes, en aspectos tales como mantener a los chicos alejados de los diferentes problemas sociales, como los casos de las adicciones y el abuso de la tecnología.

Que, es fundamental afianzar la práctica deportiva en los diferentes sectores del distrito, llevando el deporte como una herramienta de inclusión.

Que la promoción en los diferentes medios de comunicación de dichos playones será primordial, con el objetivo de que la información llegue a cada hogar, para que todos los niños y jóvenes puedan hacer uso de los mismos.

Que los mencionados playones deben ser destinados al uso de diferentes disciplinas deportivas como Básquet, Vóley, Fútbol-Tenis.

Que es de vital importancia encontrar espacios al aire libre para que todos los niños puedan crecer sanos y libres, realizando actividades físicas.

Por lo Expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1°: Créase en el distrito de Arrecifes el programa “DEPORTES EN EL PLAYON”, consistente en la construcción de espacios recreativos y deportivos en los distintos barrios de nuestra ciudad y en las localidades de Todd y Viña, y en el mejoramiento de los actualmente existentes.

Artículo 2°: La autoridad de aplicación del presente programa será el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Deportes.

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Deportes, articulará con las instituciones deportivas, con el objetivo de que los playones deportivos puedan ser utilizados para desempeñar las distintas actividades de los clubes y establecimientos deportivos.

Artículo 4°: La autoridad de aplicación organizará diferentes actividades culturales y deportivas dentro del programa de “Escuelas Municipales Deportivas”, el cual ya se encuentra en vigencia.

Artículo 5°: Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.-

Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 14º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA OCHO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

Arrecifes, 9 de Septiembre de 2021.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

DANIEL NESTOR BOLINAGA – Vicepresidente 1º

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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