Ordenanza Nro. 3286

Expediente Nro. 10.837/21

12 Sesión Ordinaria

11/08/2021

 

VISTO:

La Ordenanza Nro. 3.235/21 instituyendo el régimen de becas para alumnos domiciliados en el partido de Arrecifes que concurran a establecimientos oficiales de gestión pública, que hayan finalizado la enseñanza secundaria y que continúen estudios terciarios o universitarios fuera del distrito; y su modificatoria Nro. 3.280/21 y;

CONSIDERANDO:

Que debido al contexto de la Pandemia por Covid-19, distintas Universidades han modificado su metodología de trabajo y actividades administrativas, tal es así que han rediseñado sus sitios web, donde los alumnos hoy interactúan con mayor frecuencia.-

Que ello ha dado lugar a cambios en la forma de otorgamiento de las constancias o antecedentes que acreditan la condición de alumno regular.-

Que en ese marco es preciso ajustar la legislación local vigente para que la aplicación de la normativa sea mucho más ágil y dinámica.-

Que en tal sentido es preciso propiciar la modificación del Artículo 4° – Inciso g) y 14° de la Ordenanza Nro. 3.235/21.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 4° – Inciso g) de la Ordenanza Nro. 3.235/21, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Certificado alumno regular y/o cualquier otro documento que acredite en forma fehaciente la condición del alumno ante la Universidad y/o Instituto donde cursa sus estudios en el momento de la inscripción y en los meses de mayo y septiembre”.-

Artículo 2°: Modifíquese el Artículo 14° de la Ordenanza Nro. 3.235/21, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“En caso de atraso de la comisión de becas, por diversas cuestiones y no pudiera realizar el dictamen, los alumnos cobraran las becas desde la presentación de la constancia de alumno regular y/o cualquier otro documento que acredite en forma fehaciente la condición del alumno ante la Universidad y/o Instituto donde cursa sus estudios”

Artículo 3°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 12º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA ONCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

Arrecifes, 12 de Agosto de 2021.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

Volver