Expediente Nro. 10.756/21
8º Sesión Ordinaria
09/06/2021
VISTO:
La segunda ola de Covid por la que atraviesa nuestro país y por ende el Municipio y;
CONSIDERANDO:
Que el acatamiento de las distintas normas dictadas por el gobierno nacional, provincial y municipal en virtud de proteger la salud de nuestros ciudadanos, genera restricciones en las actividades económicas de los mismos.-
Que el impacto económico implica una merma considerable para la actividad de los pequeños y medianos comercios de nuestra ciudad.-
Que el estado no desconoce la situación antes planteada por lo que interpreta adecuado y necesario eximir de la tasa por inspección de seguridad e higiene a los pequeños y medianos comercios que vieran afectadas su actividad con motivo de las restricciones antes mencionadas.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular, la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: Exímase del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por la totalidad de los periodos en los que esté restringido su funcionamiento total o parcialmente, a todos aquellos comercios que dada la índole de su actividad económica, fueran suspendidas o restringidas las mismas por tiempo indeterminado.
Artículo 2°: Quedan exceptuadas de esta disposición las actividades relacionadas a la comercialización y transporte de bebidas, productos alimenticios, farmacias, productos de higiene y desinfección, actividades financieras, aseguradoras, mutuales, aseguradoras de riesgo de trabajo, bancarias, producción y comercialización de medicamentos e insumos médicos, servicios de internet y televisión, y todas aquellas actividades exceptuadas por las disposiciones Nacionales, Provinciales y/o Municipales quienes seguirán tributando de acuerdo a la Ordenanza 3.219/20
Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar lo antes dispuesto, del mismo modo que a realizar y modificar los procesos administrativos necesarios para dar cumplimiento a la presente norma.
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 8º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA NUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
Arrecifes, 10 de Junio de 2021.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
DANIEL NESTOR BOLINAGA – Vicepresidente 1º
FABIAN CESAR REYNA – Secretario