Ordenanza Nro. 3246

Expediente Nro. 10.751/21

3º Sesión Extraordinaria

29/01/2020

 

VISTO:

El expediente Nro. 11.095/13, y;

CONSIDERANDO:

Que, se encuentran en ejecución diferentes conjuntos habitacionales financiados con fondos provinciales, a cuyo efecto han sido suscriptos diferentes convenios con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.

Que, el Instituto de la Vivienda ha dictado la Resolución Nro. 1810/13 y modificatorias, mediante la cual estableció un procedimiento de adecuación de los montos que financia en las diferentes operatorias vigentes que no prevén otros sistemas regulares de actualización.

Que, las obras referidas en el primer considerando se encuentran alcanzadas por la resolución mencionada.

Que, el artículo 16 de la Resolución IVBA Nro. 1810/13 establece como requisito que en la primera solicitud los Municipios acompañen Ordenanza de adhesión a la resolución y/o Ordenanza aprobatoria del Modelo de Acta de Adecuación, o de la misma suscripta.

Que, al efecto corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir las addendas que se celebren en el marco de la normativa citada.

Que, en caso que se aplique el procedimiento dispuesto por el artículo 13º de la Resolución Nº 1810/13, el anticipo financiero acordado será garantizado con la coparticipación provincial de impuestos.

Por ello:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Adhiérase a la Resolución Nro. 1810/13 y modificatorias, dictada por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y apruébese el modelo de Addenda -Acta de Adecuación del Monto de Financiamiento- incorporado a ella como Anexo I.-

Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir las Addendas a convenios de financiamiento celebrados con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, destinadas a adecuar los montos de financiamiento en el marco de la Resolución IVBA Nº 1810/13 y modificatorias, de conformidad con el modelo aprobado en el artículo anterior.-

Artículo 3º: Autorizase a afectar la coparticipación provincial de impuestos en garantía del aporte financiero otorgado por el Instituto en virtud de la operatoria a la que aquí se adhiere.-

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 3º SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTIUNO DE ARIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

Arrecifes, 22 de Abril de 2021.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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