Ordenanza Nro. 3243

Expediente Nro. 10.745/21

4º Sesión Ordinaria

14/04/2021

 

VISTO:

La Ordenanza Nro. 3.202/20 de creación del Programa “ARRECIFES VERDE”, mediante la cual se faculta a la Dirección de Producción y Empleo Municipal a realizar trabajos de forestación en el Distrito de Arrecifes y;

CONSIDERANDO:

Que el referido programa se basa en el desarrollo de actividades que propendan al mejoramiento de las condiciones medioambientales de la comunidad.-

Que el arbolado público se encuentra tutelado por la Ordenanza Nro. 1.350/00 y sus modificatorias y complementarias.-

Que el precitado régimen establece los criterios para la preservación, recuperación, reposición y/o mejoramiento, en todo lo atinente al arbolado público que forma parte constitutiva o complementaria de los parques, plazoletas, veredas, jardines, rutas y/o caminos del Distrito.-

Que por otra parte la misma normativa declara de “INTERÉS Y UTILIDAD PÚBLICA” la defensa, mejoramiento, ampliación y recuperación de todos los componentes de los espacios verdes y del arbolado público, asignando al mismo el carácter de servicio público.-

Que en concordancia con los referidos lineamientos es preciso que el estado municipal lleve a cabo acciones permanentes para lograr un justo equilibrio de las condiciones ambientales.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1°: Autorizase en el marco de la Ordenanza Nro. 1.350/00 y mediante la instrumentación del Programa “ARRECIFES VERDE” instituido por Ordenanza Nro. 3.202/20, la campaña “Más árboles Mejoran Nuestro Medioambiente”, la misma consistirá en la plantación de especies arbóreas por parte de vecinos, establecimientos educativos, empresas o Asociaciones Civiles de nuestro Distrito, quienes asumirán la adopción y cuidado responsable de la especie que se plantará en veredas u otros sitios públicos autorizados.-

Artículo 2°: Los vecinos,  establecimientos educativos, empresas o Asociaciones Civiles que deseen plantar un ejemplar arbóreo en la vereda de su casa, establecimiento u otro sitio público deberán adherir al presente programa para llevar a cabo la iniciativa.-

Artículo 3°: La plantación del árbol quedará sujeta a la verificación del área municipal de contralor.-

Artículo 4°: El Municipio de Arrecifes habilitará una sección específica en su página web donde se alojará toda la información acerca de los lugares habilitados y las especies permitidas para la plantación de los ejemplares. En el caso que el lugar o sitio público no haya sido previsto en la información proporcionada por el Municipio, el interesado deberá solicitar la correspondiente autorización ante la Dirección de Producción, Empleo y Control Sanitario Municipal.-

Artículo 5°: El Municipio de Arrecifes habilitará una sección específica en su página Web para que los interesados puedan inscribirse y completar sus datos personales.-

Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 4º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA CATORCE DE ARIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

Arrecifes, 15 de Abril de 2021.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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