Ordenanza Nro. 3213

Expediente Nro. 10.611/20

16º Sesión Ordinaria

25/11/2020

 

VISTO:

El incumplimiento generalizado de la Ley de la Provincia de Buenos Aires 14.581 que garantiza y promueve la creación de los organismos de representación estudiantil bajo la forma de Centros de Estudiantes, y;

CONSIDERANDO:

Que según la Encuesta Nacional de Juventudes realizada por el INJUVE en 2018, el 67% de los jóvenes piensa que la escuela no está preparada para afrontar sus necesidades.-

Que un Centro de Estudiantes es una organización democrática de representación de los estudiantes dentro de una institución educativa, ya sea de gestión pública o privada; existiendo en escuelas secundarias.-

Que es preocupación y motivo de interés para este Cuerpo Legislativo la generación de políticas públicas orientadas a la inclusión y a la generación de oportunidades en materia educativa.-

Que los centros de estudiantes les aportan a las instituciones educativas, visiones críticas y constructivas que son necesarias y deben ser tomadas en cuenta por directivos y educadores.-

Que el Artículo 8° de la Ley Nacional 26.877 sobre “La creación y el funcionamiento de los centros de estudiantes” hace referencia a que en aquellos casos en donde las disposiciones de la ley mencionada se vieran incumplidas, los estudiantes podrían elevar su reclamo a las autoridades jurisdiccionales o nacionales, según corresponda. Es responsabilidad de este Honorable Cuerpo facilitar las herramientas y los canales para que así puedan hacerlo.-

Que el Artículo 7° de la Ley de la Provincia de Buenos Aires 14.581 hace referencia a la responsabilidad por parte de las autoridades de los establecimientos educativos en donde no existiese un Centro de Estudiantes a: “[…] convocar en cada uno de los cursos a la elección de un (1) delegado titular y un (1) delegado suplente”.-

Que el artículo citado anteriormente no se respeta en la gran mayoría de los establecimientos educativos de nuestro distrito ya sea por desconocimiento o por un acto negligente por parte de las autoridades de dichos establecimientos.-

Que por todo lo expuesto, anteriormente el Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1°: Créese en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, a través de la Comisión de Educación el “Registro de Centros de Estudiantes de Escuelas Secundarias”.-

Artículo 2°: Dicho registro tendrá por objeto el fortalecimiento de valores democráticos, el fomento de la participación y la relación entre el Estado Municipal y los Centros de Estudiantes.-

Artículo 3°: La Comisión de Educación llevará adelante el registro creado por la presente el que contendrá:

  • Nombre del establecimiento educativo al que representa el Centro de Estudiantes.-
  • Fecha de elección de autoridades y duración del mandato.-
  • Nómina de autoridades y datos personales de las mismas.-
  • Número de registro municipal otorgado por la Secretaría.-

Artículo 4°: A los fines de cumplimentar lo establecido en el artículo 2°, el Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes deberá:

  • Llevar adelante políticas tendientes a generar un espacio de reunión, en el cual pueda debatir problemáticas comunes.-
  • Brindar charlas tendientes a fomentar valores democráticos y participativos, resaltando la importancia de la conformación de los centros de estudiantes en escuelas secundarias.-
  • Promover mesas de debate en las cuales poner en el análisis, reflexión, y discusión de problemáticas que interpelan a la juventud.-
  • Generar un contacto directo de comunicación para garantizar una relación fluida entre los centros de estudiantes y el Departamento Deliberativo a los fines de agilizar lo relacionado a permisos y apoyatura en eventos que el centro de estudiantes pretenda organizar.-

Artículo 5°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.- 

Arrecifes, 26 de Noviembre de 2020.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado: 

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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