Expediente Nro. 10.611/20
16º Sesión Ordinaria
25/11/2020
VISTO:
El incumplimiento generalizado de la Ley de la Provincia de Buenos Aires 14.581 que garantiza y promueve la creación de los organismos de representación estudiantil bajo la forma de Centros de Estudiantes, y;
CONSIDERANDO:
Que según la Encuesta Nacional de Juventudes realizada por el INJUVE en 2018, el 67% de los jóvenes piensa que la escuela no está preparada para afrontar sus necesidades.-
Que un Centro de Estudiantes es una organización democrática de representación de los estudiantes dentro de una institución educativa, ya sea de gestión pública o privada; existiendo en escuelas secundarias.-
Que es preocupación y motivo de interés para este Cuerpo Legislativo la generación de políticas públicas orientadas a la inclusión y a la generación de oportunidades en materia educativa.-
Que los centros de estudiantes les aportan a las instituciones educativas, visiones críticas y constructivas que son necesarias y deben ser tomadas en cuenta por directivos y educadores.-
Que el Artículo 8° de la Ley Nacional 26.877 sobre “La creación y el funcionamiento de los centros de estudiantes” hace referencia a que en aquellos casos en donde las disposiciones de la ley mencionada se vieran incumplidas, los estudiantes podrían elevar su reclamo a las autoridades jurisdiccionales o nacionales, según corresponda. Es responsabilidad de este Honorable Cuerpo facilitar las herramientas y los canales para que así puedan hacerlo.-
Que el Artículo 7° de la Ley de la Provincia de Buenos Aires 14.581 hace referencia a la responsabilidad por parte de las autoridades de los establecimientos educativos en donde no existiese un Centro de Estudiantes a: “[…] convocar en cada uno de los cursos a la elección de un (1) delegado titular y un (1) delegado suplente”.-
Que el artículo citado anteriormente no se respeta en la gran mayoría de los establecimientos educativos de nuestro distrito ya sea por desconocimiento o por un acto negligente por parte de las autoridades de dichos establecimientos.-
Que por todo lo expuesto, anteriormente el Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: Créese en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, a través de la Comisión de Educación el “Registro de Centros de Estudiantes de Escuelas Secundarias”.-
Artículo 2°: Dicho registro tendrá por objeto el fortalecimiento de valores democráticos, el fomento de la participación y la relación entre el Estado Municipal y los Centros de Estudiantes.-
Artículo 3°: La Comisión de Educación llevará adelante el registro creado por la presente el que contendrá:
- Nombre del establecimiento educativo al que representa el Centro de Estudiantes.-
- Fecha de elección de autoridades y duración del mandato.-
- Nómina de autoridades y datos personales de las mismas.-
- Número de registro municipal otorgado por la Secretaría.-
Artículo 4°: A los fines de cumplimentar lo establecido en el artículo 2°, el Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes deberá:
- Llevar adelante políticas tendientes a generar un espacio de reunión, en el cual pueda debatir problemáticas comunes.-
- Brindar charlas tendientes a fomentar valores democráticos y participativos, resaltando la importancia de la conformación de los centros de estudiantes en escuelas secundarias.-
- Promover mesas de debate en las cuales poner en el análisis, reflexión, y discusión de problemáticas que interpelan a la juventud.-
- Generar un contacto directo de comunicación para garantizar una relación fluida entre los centros de estudiantes y el Departamento Deliberativo a los fines de agilizar lo relacionado a permisos y apoyatura en eventos que el centro de estudiantes pretenda organizar.-
Artículo 5°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 26 de Noviembre de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario