Expediente Nro. 10.680/20
16º Sesión Ordinaria
25/11/2020
VISTO:
La situación de público conocimiento respecto a supuestas e hipotéticas irregularidades denunciadas por el Bloque Frente de Todos en el otorgamiento de las becas a estudiantes de Arrecifes que se encuentran cursando en los niveles terciarios y universitarios, y;
CONSIDERANDO:
Que, en fecha 8 de julio de 2020, vuestro Honorable Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Resolución 2.781, que en su parte dispositiva expresa: “Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la Dirección General de Cultura y Educación Municipal proceda sin más trámite y en forma retroactiva a ordenar el pago de las becas a estudiantes terciarios y universitarios a los cuales les fueron otorgadas las mismas por la Comisión Municipal de Becas, en virtud de que no se da ningún supuesto legal para la suspensión o cancelación del beneficio, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Nro. 3006”.-
Que, asimismo, la Comisión de Becas Municipal dispuso en su reunión del día 2 de julio de 2020, según consta en Acta Nro. 38 suscripta por las concejales Roxana Valdatta y María Carolina Cruzzetti, y la Directora de Cultura y Educación de la Municipalidad de Arrecifes, Stella Maris Arzuaga, que “los alumnos que cobraban becas en 2019 continuarán cobrando en 2020 y que presentaron solicitud en 2020. Presentaron documentación 257 alumnos en cumplimiento del artículo 11 de la Ordenanza 3006/18”.-
Que, desde este Departamento Ejecutivo Municipal se dio cumplimiento a dichas disposiciones y en el mes de julio de 2020 se procedió a comenzar con el pago de las becas a los estudiantes informados por la Comisión de Becas, entre los que se encuentran los casos que continúan de años anteriores, y los becados ingresantes en el presente año.-
Que, se observa una manifiesta contradicción e incongruencia entre lo resuelto por unanimidad por parte del Honorable Concejo Deliberante y la Comisión Municipal, y las posteriores denuncias formuladas por concejales que incluso integran dicha Comisión, quienes decidieron la continuidad del pago a becarios que, meses después, fueron denunciados públicamente por percibir el beneficio.-
Que, los casos denunciados corresponderían a becarios que venían percibiendo el beneficio desde años anteriores, y la Ordenanza 3006/18 establece que “las becas serán canceladas en los siguientes casos: a) No cumplir con el requisito establecido en el Artículo 5º inciso a) – b) Abandono de estudios.– c) Cambio de domicilio fuera del Distrito.-d) Falseamiento o adulteración de datos y documentación. En este caso deberán ser restituidos percibidos indebidamente”.-
Que, los datos de cada becario son declarados bajo juramento por los propios aspirantes y, de acuerdo a la citada Ordenanza, su control y fiscalización es función de la Comisión Municipal de Becas, integrada por concejales de los distintos bloques políticos y la Directora de Cultura y Educación del municipio.-
Que, atento lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal entiende conveniente conocer detalladamente cada caso que no reuniera los requisitos establecidos por la Ordenanza 3006/18; y/o en los que se habría falseado o adulterado la Declaración Jurada y la documentación presentada por el aspirante al momento de la solicitud de la beca.-
Que, en el supuesto del falseamiento o adulteración de datos y documentación, la Ordenanza 3006/18 dispone la restitución de los importes percibidos indebidamente por parte del becario.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por (8) Votos por la Afirmativa y (3) Votos por la Negativa, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: El Departamento Ejecutivo Municipal abonará las becas correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2020, conforme la selección realizada oportunamente por la Comisión de Becas Municipal en el marco de la Ordenanza 3006/18 y sus modificatorias.
Artículo 2°: Previo al pago referido en el artículo precedente, y atento las denuncias formuladas en el seno del Honorable Concejo Deliberante, la Comisión Municipal de Becas deberá informar antes del día 30 de noviembre del corriente año, los casos de becarios que no reunieran los requisitos establecidos mediante Ordenanza 3006/18 y/o que habrían falseado o adulterado la Declaración Jurada presentada al momento de la solicitud del beneficio. En tales casos, una vez detalladas y acreditadas las irregularidades, se cancelará el beneficio y se intimará al becado a la restitución de los importes percibidos indebidamente.
Artículo 3°: La Comisión Municipal de Becas enviará antes del día 30 de noviembre del corriente año, el listado de todos aquellos estudiantes que hayan completado con posterioridad a su inscripción, la documentación y los requisitos previstos en la Ordenanza 3006/18;, a los efectos de incorporarlos al beneficio de la beca estudiantil.
Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 26 de Noviembre de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario