Expediente Nro. 10.665/20
15º Sesión Ordinaria
11/11/2020
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 7/06/19 por el que solicita autorización al H.C.D. para la venta directa de Inmuebles Municipales para el desarrollo de “Planes de Viviendas” y;
CONSIDERANDO:
Que el citado proyecto fue aprobado en sesión del H.C.D. de Arrecifes en la 10° Sesión Ordinaria, realizada el día 10/07/19.-
Que si bien la Ordenanza Nro. 3.085/19 es absolutamente objetable y cuestionable en su legalidad y legimitidad por cuanto no da cumplimiento a la legislación aplicable Ley 6769/58 arts. 159, 20, 21 y 25; y concordantes del Decreto 9.533/60.-
Con el concreto y preciso objetivo de dejar establecido las irregularidades señaladas en la Ordenanza Nro. 3.085/19 y el exceso de facultades solicitadas y otorgadas por el H.C.D. al D.E.M. sobre la venta directa de Inmuebles Municipales no obstante lo dispuesto por el art. 159 de la L.O.M. que establece como principio general que los bienes serán enajenados por REMATE O LICITACIÓN PÚBLICA y Decreto Ley Nro. 9.533/80 el procedimiento establecido es la SUBASTA PÚBLICA.-
No obstante, lo antes mencionado, habiendo transcurrido más de un año de la aprobación de la Ordenanza Nro. 3.085/19 al D.E.M., Julio 2019 (fecha de aprobación), a la fecha actual (noviembre de 2020), el D.E.M. no ha dado cumplimiento al art. 7°: “El Departamento Ejecutivo Municipal deberá presentar un informe anual al Honorable Concejo Deliberante con detalle de los lotes de terrenos vendidos, los datos de los adquirentes, los precios de ventas respectivos, el resumen de los pagos efectuados y las demás circunstancias relacionadas al desarrollo de cada plan de vivienda”.-
Es necesario que este Honorable Concejo Deliberante tenga la información de la venta de Inmuebles Municipales en forma DIRECTA realizadas por el D.E.M.-
Es por todo ello que el Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal con carácter de URGENTE el estricto cumplimiento del art. 7° de la Ordenanza Nro. 3.085/19 sancionada el 10/07/19.-
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir al Honorable Concejo Deliberante un detalle de los lotes municipales vendidos, los datos de los adquirentes, precio de las ventas, identificación catastral de los terrenos, fechas de las ventas realizadas y Escribano Público interviniente.-
Artículo 3°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 15º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA ONCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 12 de Noviembre de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario