Expediente Nro. 10.659/20
15º Sesión Ordinaria
11/11/2020
VISTO:
La importancia y la necesidad de integrar al deportes a personas con capacidades diferentes o condiciones especiales de salud y;
CONSIDERANDO:
Que, ciertos deportes convencionales han adaptado alguna de sus características para ajustarse a las necesidades de un determinado colectivo de personas que lo va a practicar, surgiendo así el Deporte Adaptado.-
Que, el Deporte Inclusivo es definido como la actividad física que permite la práctica conjunta de personas, ajustándose a las posibilidades de los practicantes y manteniendo el objetivo de la especialidad deportiva que se trate. Y esto supone un “ajuste o adaptación” en la reglas y el material utilizado con el fin de fomentar la participación activa y efectiva de todos los participantes.-
Que, asimismo, el deporte inclusivo es una actitud hacia la práctica deportiva a todos los niveles y, gracias a distintos estudios de investigación, sabemos de sus beneficios a nivel de sensibilización, recreación, conocimiento y respeto a la diferencia, así como de fomento de hábitos de vida sanos y saludables.-
Que con el deporte inclusivo, las personas mejorarán su eficiencia física y fisiológica, sus capacidades físicas fundamentales, su competencia para moverse a través del juego y del deporte.-
Que, además de permitir el disfrute del tiempo de ocio, el deporte adaptado ejerce una extraordinaria influencia en la rehabilitación, la socialización, la integración y la normalización; donde quienes lo practiquen verán reducido su estrés, su ansiedad, se sentirán estimulados; su grado de bienestar se verá favorecido; su auto concepto y autoestima se verán recuperados; y se sentirán más motivados para participar.-
Que con este proyecto, las personas con capacidades diferentes y condiciones especiales de salud, estarán en contacto con un mayor número de personas, sentirán más confianza en sí mismo; y, mejorarán su integración y su aceptación. Su autonomía y autosuficiencia progresará, desarrollarán la capacidad de desenvolverse en forma autónoma en las actividades de la vida cotidiana; y lograrán a través de la participación el disfrute y el interés por la práctica deportiva.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: Créase en el distrito de Arrecifes la “Escuela de Deporte Adaptado”; a cargo de la Dirección de Deporte y Recreación; quién deberá coordinar las actividades a desarrollar, espacios físicos a utilizar, provisión de materiales, contratación de entrenadores, régimen de autorizaciones, controles y revisiones médicas, y toda otra cuestión referida a la organización y desarrollo del programa.-
Artículo 2°: Dispóngase desde el Departamento Ejecutivo Municipal una amplia convocatoria a diferentes instituciones y organismos que posean una relación directa con la Discapacidad, con el objetivo de sumar su contribución al proyecto y trabajar conjuntamente en busca de beneficios para todas aquellas personas que quieran y deseen participar de la Escuela Municipal de Deporte Adaptado.-
Artículo 3°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza serán imputados a las partidas del Fondo de Financiamiento Educativo.-
Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 15º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA ONCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 12 de Noviembre de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario