Expediente Nro. 10.617/20
14º Sesión Ordinaria
28/10/2020
VISTO:
El expediente Nro. 10.617/20 relacionado con la nota presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la cual acompaña copia del Expediente Administrativo Municipal Nro. 147.639/20 vinculado a la presentación efectuada por el Arrecifes Automóvil Club solicitando una prórroga de la concesión del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I – Sección B – Fracción III del partido de Arrecifes con más (15 metros de ancho de la totalidad del largo del terreno lindante, donde se encuentra instalada la Planta Depuradora, cuyos límites son los siguientes: al Norte y al Este hacia la desembocadura en el Río: al Suroeste: Avda. Costanera Gabriela Mistral y al Noroeste: continuación Avda. Gabriela Mistral y calle provisoria en medio que une a esta última con Ruta Provincial Nro. 191; donde actualmente se erige el circuito costanero.-
Que la prórroga ha sido solicitada por la cesionaria por el término de 20 años y;
CONSIDERANDO:
Que la concesión fue otorgada mediante Ordenanza Nro. 2.658/15, promulgada el 22 de Septiembre de 2015.-
Que la cesión de uso se estableció por el término de (5) años y en las condiciones dispuestas por el artículo 28º y sgtes. del Decreto Ley 9.533, pudiendo ser prorrogada por igual período; por lo que la misma feneció el 22 de Septiembre de 2020.-
Que en el marco de la Ordenanza Nro. 2.658/15 se dispuso la exención del pago del canon anual determinado en el artículo 28º – inciso c) del decreto Ley 9533 y sus modificatorias, ya que como contraprestación por la utilización del predio la entidad debía llevar a cabo el Proyecto de parquización en la costanera del río Arrecifes (Cfr. artículo 5º – Ordenanza Nro. 2.658/15), el cual consistía en la ejecución de obras en tres etapas, la primera de ejecución durante los dos (2) años de la concesión de uso, la segunda al tercer (3) año y la última etapa al cuarto (4) año.-
Que la cesionaria se encontraba obligada a la ejecución de las obras dispuestas en el proyecto de parquización de la costanera del Río Arrecifes, siendo base de la contraprestación para la exención del canon anual.-
Que las obras han sido ejecutadas parcialmente por la cesionaria.-
Que como medida preliminar a la ampliación de la concesión solicitada la entidad cesionaria deberá avanzar en la ejecución de las obras proyectadas
Que en función de lo expuesto deviene conveniente prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nro. 2.658/15 hasta el 31 de marzo de 2021.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Prorróguese la vigencia de la Ordenanza Nro. 2.658/15 hasta el 31 de Marzo de 2021.-
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 14º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 29 de Octubre de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario