Ordenanza Nro. 3189

Expediente Nro. 10.601/20

12º Sesión Ordinaria

23-24/09/2020

 

VISTO:

El expediente Nro. 10.601/20 relacionado con la nota presentada por la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes, solicitando se le conceda un subsidio para el ejercicio económico financiero 2021 y;

CONSIDERANDO:

Que la subvención solicitada consiste en el otorgamiento del monto resultante de la aplicación del uno por ciento (1%) de lo efectivamente recaudado por el Municipio de Arrecifes en las cuotas 1 a 6 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal durante el año 2021.-

Que el beneficio es concedido a la entidad anualmente bajo la misma metodología desde hace varios años a modo de contribución para colaborar con la Institución a fin de que pueda solventar en parte los gastos operativos propios de la actividad.-

Que  la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes es una de las entidades de mayor prestigio y orgullo de nuestra comunidad.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes un subsidio equivalente al uno por ciento (1,00%) en función de lo exclusiva y efectivamente recaudado en las cuotas 1 a 6 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, del ejercicio económico financiero 2021.-

Artículo 2º: El subsidio se otorgará durante el Ejercicio 2021 en función de los vencimientos que se establezcan en el Calendario Fiscal para la percepción de dicha Tasa y una vez practicados por el Departamento Ejecutivo Municipal los controles de recaudación correspondientes.-

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal tomará las previsiones pertinentes para el Ejercicio Fiscal 2021 y dispondrá de una partida específica para la imputación del gasto que demande la aplicación de lo dispuesto por el artículo 1º de la presente.-

Artículo 4º: Las facturas que emita el Departamento Ejecutivo Municipal, correspondientes a la tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal deberán contener la siguiente expresión:

El 1,00% (uno por ciento) del importe total recaudado por esta tasa, será entregado en calidad de subsidio a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes”.-

Artículo 5º: La entidad subsidiada deberá rendir cuentas al Departamento Ejecutivo Municipal de las sumas de dinero percibidas.-

Artículo 6º: Remítase copia de la presente disposición a la entidad solicitante, a los efectos que estime correspondan.-

Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 12º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA LOS DÍAS VEINTITRES Y VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

Arrecifes, 25 de Septiembre de 2020.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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