Ordenanza Nro. 3179

Expediente Nro. 10.609/20

11º Sesión Ordinaria

09/09/2020

 

VISTO: 

La situación de incendios de pastizales y focos ígneos en diferentes espacios de nuestro distrito.

Que de esa acción de incendio se ocasiona contaminación y/o daño ambiental y deterioro de los suelos.

Que las personas que sufren la cercanía al humo pueden tener afecciones de su salud y;

CONSIDERANDO:

Que nuestro distrito esta surcado por un rio y varios arroyos, los cuales se utilizan por pescadores y para acampar.

Que la mayor parte de nuestro territorio se utiliza en ganadería y agricultura.

Que los caminos rurales y rutas tienen banquinas con malezas.

Que en años de sequía el cuerpo de bomberos tiene que asistir continuamente por este motivo

Que muchas personas transitan en caminos rurales y en las márgenes del rio, ciclistas /pescadores, pueden ser los mejores en comunicar anomalías.

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de arrecifes aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A    :

Artículo 1°: Adhiérase a la Ley Provincial Nro. 14.892/17 que establece acciones y procedimientos para el manejo del fuego, prevención y lucha contra incendios, en áreas rurales y forestales e interface.

Artículo 2°: Trabajar en planes de prevención en redes sociales, folletería y cartelería estratégica con la siguiente temática:

  1. No arrojar colillas ni fósforos encendidos en rutas y/o campos.
  2. Si se hacen fogatas o fogones: rodearlos de piedras para evitar que el fuego se extienda. Tener a mano tierra y/o agua.
  3. Evitar la quema de desechos en enero y febrero.
  4. No abandonar botellas u otros vidrios en zonas rurales: con el sol pueden funcionar como lupa e iniciar el fuego.
  5. Avisar a las autoridades si se observan personas sospechosas que puedan causar un incendio.
  6. Estar atento a los vientos. Si los hay, mejor no encender fogatas.
  7. Si se genera basura, no hay que dejarla en el lugar. Se debe cargarla y tirarla en casa o en un recipiente público de desechos.
  8. En caso de ver un incendio, se debe mantener la calma y dar aviso a las autoridades de inmediato (911).

Artículo 3°: Coordinar desde Defensa Civil con bomberos plan de acción a seguir.

Artículo 4°: los gastos que demande la implementación de la presente ordenanza serán imputados a las partidas que correspondan, según el objeto del gasto del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente.-

Artículo 5°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 11º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA NUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

Arrecifes, 10 de Septiembre de 2020.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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