Expediente Nro. 10.609/20
11º Sesión Ordinaria
09/09/2020
VISTO:
La situación de incendios de pastizales y focos ígneos en diferentes espacios de nuestro distrito.
Que de esa acción de incendio se ocasiona contaminación y/o daño ambiental y deterioro de los suelos.
Que las personas que sufren la cercanía al humo pueden tener afecciones de su salud y;
CONSIDERANDO:
Que nuestro distrito esta surcado por un rio y varios arroyos, los cuales se utilizan por pescadores y para acampar.
Que la mayor parte de nuestro territorio se utiliza en ganadería y agricultura.
Que los caminos rurales y rutas tienen banquinas con malezas.
Que en años de sequía el cuerpo de bomberos tiene que asistir continuamente por este motivo
Que muchas personas transitan en caminos rurales y en las márgenes del rio, ciclistas /pescadores, pueden ser los mejores en comunicar anomalías.
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de arrecifes aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: Adhiérase a la Ley Provincial Nro. 14.892/17 que establece acciones y procedimientos para el manejo del fuego, prevención y lucha contra incendios, en áreas rurales y forestales e interface.
Artículo 2°: Trabajar en planes de prevención en redes sociales, folletería y cartelería estratégica con la siguiente temática:
- No arrojar colillas ni fósforos encendidos en rutas y/o campos.
- Si se hacen fogatas o fogones: rodearlos de piedras para evitar que el fuego se extienda. Tener a mano tierra y/o agua.
- Evitar la quema de desechos en enero y febrero.
- No abandonar botellas u otros vidrios en zonas rurales: con el sol pueden funcionar como lupa e iniciar el fuego.
- Avisar a las autoridades si se observan personas sospechosas que puedan causar un incendio.
- Estar atento a los vientos. Si los hay, mejor no encender fogatas.
- Si se genera basura, no hay que dejarla en el lugar. Se debe cargarla y tirarla en casa o en un recipiente público de desechos.
- En caso de ver un incendio, se debe mantener la calma y dar aviso a las autoridades de inmediato (911).
Artículo 3°: Coordinar desde Defensa Civil con bomberos plan de acción a seguir.
Artículo 4°: los gastos que demande la implementación de la presente ordenanza serán imputados a las partidas que correspondan, según el objeto del gasto del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente.-
Artículo 5°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 11º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA NUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 10 de Septiembre de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario