Expediente Nro. 10.582/20
7º Sesión Extraordinaria
18/08/2020
VISTO:
Las dificultades que atraviesan distintos rubros de la actividad física y deportiva a partir de las medidas de aislamiento y distanciamiento social dispuestas por la pandemia COVID-19, y;
CONSIDERANDO:
Que, en fecha 4 de agosto de 2020, este Departamento Ejecutivo Municipal envió a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, solicitudes de autorización para la reapertura en nuestro distrito de las actividades GIMNASIOS, TENIS Y PADEL en modalidad single, y PRUEBAS DE AUTOMÓVILES DE COMPETICIÓN en el circuito costanero.-
Que, cada actividad posee un protocolo de funcionamiento específico dispuestos mediante resoluciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la provincia de Buenos Aires.-
Que, encontrándose dichas solicitudes pendientes de resolución por parte del gobierno provincial, resulta necesario y urgente brindar respuestas a los representantes de los sectores descriptos a los efectos de que puedan diseñar su regreso a la actividad-
Que, todas las actividades deberán cumplir estrictamente las recomendaciones e instrucciones sanitarias dispuestas en los protocolos respectivos, con relación al distanciamiento social, preventivo y obligatorio, bajo pena de multas y/o clausuras en casos de incumplimientos.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Autorícese al Señor Intendente Municipal a dictar el acto administrativo correspondiente, respecto a otorgar “PERMISO DE FUNCIONAMIENTO” en el marco de las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia COVID-19, a las siguientes actividades:
- GIMNASIOS
- TENIS Y PADEL modalidad single
- PRUEBAS DE VEHICULOS DE COMPETICION (sólo para equipos y pilotos locales)
Artículo 2°: Las actividades descriptas deberán obligatoriamente cumplir con los protocolos dispuestos por la resolución 260/2020 y demás disposiciones sanitarias del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Arrecifes.-
Artículo 3º: El incumplimiento de las medidas dispuestas en los protocolos respectivos será motivo de multas y/o clausuras por parte del Juzgado de Faltas Municipal.-
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 7º SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DIA DIECIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 18 de Agosto de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario