Expediente Nro. 10.552/20
8º Sesión Ordinaria
22/07/2020
VISTO:
La situación que se está atravesando en todo nuestro País, de la cual no se encuentra exento el distrito de Arrecifes, debido a la pandemia ocasionada por el virus COVID 19, y el dictado del decreto de Aislamiento Social Preventivo y obligatorio y;
CONSIDERANDO:
Que nuestro Partido se encuentra conformado por Arrecifes, Todd y Viña;
Que en la Provincia de Buenos Aires se encuentra establecida la flexibilización del aislamiento por fases.-
Qué Arrecifes se encuentra actualmente en face 5, con las actividades habilitadas que en la misma se contemplan.-
Que en cuestiones de transporte público, aún no se permiten la circulación de los micros pertenecientes a empresas interjurisdiccionales.
Que la Localidad de Viña, no cuenta con servicios esenciales tales como: entidades bancarias; farmacias; oficinas públicas entre otras, por lo que los vecinos de dicha localidad deben concurrir a Arrecifes para poder efectuar trámites, compras, entre otros.
Qué como ciudadanos del Partido de Arrecifes debemos garantizar que gocen de los mismos derechos y posibilidades que el resto de los ciudadanos y ciudadanas del distrito.
Que al no encontrarse habilitado el transporte público interjurisdiccinal, los vecinos y vecinas de Viña deben recurrir al trasporte de Remis para concurrir a Arrecifes, con los gastos que esto implica, y en la situación en la cual nos encontramos, de emergencia.-
Que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra habilitado para el uso flexible de recursos afectados.
Por lo antes expuesto:
EL Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer la cobertura del servicio de transporte público de pasajeros desde la ciudad de Arrecifes a la localidad de Viña y viceversa, hasta tanto se habilite el servicio de transporte interjurisdiccional.-
Artículo 2º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza serán imputados a las partidas que correspondan, según el objeto del gasto del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos.-
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 8º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTIDOS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 23 de Julio de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario