Expediente Nro. 10.521/20
7º Sesión Ordinaria
08/07/2020
VISTO:
La difícil situación de algunos vecinos y vecinas que no tienen acceso a la red de gas y;
CONSIDERANDO:
Que la falta de políticas públicas ha impedido dotar de infraestructura a estos vecinos de Arrecifes y brindarle el acceso a los servicios públicos;
Que el actual contexto, tanto por la situación de Pandemia como la crisis económica agrava las consecuencias y en los próximos meses se agravará la ya difícil tarea de calefaccionar los hogares de estas personas;
Que es necesario desde la administración local asegurar que los vecinos de Arrecifes estén cubiertos en cuestiones básicas;
Que en situaciones críticas debemos buscar las herramientas que estén a nuestro alcance para poder mejorar o evitar una disminución en el bienestar de los vecinos;
Que constantemente y por distintos motivos el arbolado publico sufre daños, desmembramientos y caída de ejemplares los cuales son retirados por las áreas municipales pertinentes; así como la poda de los mismos para ser chipeados;
Que esos ejemplares caídos deben ser reutilizados y aprovechados en beneficio de los vecinos que necesitan calefaccionarse en los meses más críticos del año y no tienen acceso al servicio de gas ya sea por falta de infraestructura o por imposibilidad de hacer frente a los costos;
Por todo lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes en uso de sus facultades, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: Créase el Banco de Leña Municipal que funcionará en la órbita de la Secretaría de Salud, Acción Social y Medio Ambiente de la Municipalidad de Arrecifes.
Artículo 2°: El Banco de Leña Municipal, se abastecerá del fraccionamiento de la leña proveniente de la poda anual, del arbolado público, se aportarán árboles y ramas que sufran desmembramientos o caídas, producto de tormentas, que sean retirados de la vía pública o de espacios públicos, por las Áreas Municipales correspondientes y las donaciones que puedan efectuar terceros. El Banco se replicará en las localidades de Todd y Viña, con un abastecimiento generado a nivel local, a través de las delegaciones.-
Artículo 3°: °: El Banco Municipal de Leña realizará una distribución gratuita de leña entre aquellos vecinos que la soliciten y tengan necesidades básicas insatisfechas en materia de servicios públicos (gas).
Artículo 4°: La Secretaría de Salud, Acción Social y Medio Ambiente, a través de Acción Social, evaluará la situación habitacional y familiar de los solicitantes a fin de realizar una distribución equitativa en base a la situación de los requirentes.
Artículo 5°: La Secretaría de Salud, Acción Social y Medio Ambiente llevará un registro de la leña que contemple las cantidades ingresadas al Banco de Leña Municipal, las cantidades que egresen del mismo, los datos de los beneficiarios con el detalle de la cantidad que a cada uno se otorgue.
Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 7º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA OCHO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 13 de Julio de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario