Ordenanza Nro. 3131

Expediente Nro. 10.398/19

18º Sesión Ordinaria

13/11/2019

 

VISTO:

El expediente Nº 4010-128.227, por el que se gestiona la escrituración del inmueble ubicado en esta ciudad de Arrecifes sobre calle Cuba Nº 170, designado catastralmente como Circunscripción: II, Sección: B, Chacra: 105, Manzana: 105e, Parcela: 14 de esta ciudad de Arrecifes, y;

CONSIDERANDO:

Que, en fecha 12 de junio de 2019 los cónyuges Osvaldo Alfredo GALLINO –  D.N.I.: 20.020.146 y Andrea Paula ALI – D.N.I.:  23.035.137 presentaron mediante Expediente Nro. 4010-128.227, nota solicitando la escrituración de su vivienda, la cual adquirieron por Boleto de Compraventa al Sr. Walter Sánchez.

Que el Sr. Walter Sánchez titular de dominio, confiere poder especial de escrituración a favor de los cónyuges don Osvaldo Alfredo Gallino y doña Andrea Paula Ali,  para que escrituren y regularicen el dominio de su vivienda.

Que el inmueble es su vivienda única de ocupación permanente, pero no contando con los medios económicos suficientes no han podido escriturarla.

Que, el proceso de regularización dominial del inmueble, comprendido, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel socio económico de los adquirentes y la necesidad de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de dominio sobre los mismos.

Que, según lo dispuesto en el artículo 4º, inciso d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente.

Que, la Sra. Andrea Paula ALI y el Sr. Osvaldo Alfredo GALLINO, cumplen con los requisitos exigidos por la Ley 10.830.

Por lo Expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Declárese de interés social la escrituración a favor de los cónyuges en primeras nupcias Sr. Osvaldo Alfredo GALLINO – D.N.I.: 20.020.146 y Andrea Paula ALI, D.N.I.: 23.035.137, del inmueble cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción: II, Sección: B, Chacra: 105, Manzana: 105e, Parcela: 14.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del  inmueble a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 18º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

 

Arrecifes, 14 de Noviembre de 2019.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

Volver