Expediente Nro. 10.408/19
18º Sesión Ordinaria
13/11/2019
VISTO:
La nota presentada por el Presidente de la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes Señor Raúl Tesone, solicitando se le otorgue un subsidio a la entidad, revalidando lo establecido por Ordenanza Nro. 3.099/19, para el Ejercicio Económico-Financiero 2020 y;
CONSIDERANDO:
Que la referida contribución por parte del Estado Municipal consiste en el otorgamiento del monto resultante de la aplicación del 1% de lo efectivamente recaudado por el Municipio de Arrecifes en las cuotas 1 a 6 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal durante el año 2020.-
Que el beneficio es concedido a la entidad anualmente y desde hace muchos años, a modo de contribución para solventar los gastos operativos propios de la actividad.-
Que sobran los argumentos en cuanto al desempeño de la institución, ante cualquier tipo de contingencia que se presenten en nuestro distrito, para proceder al otorgamiento de dicho subsidio.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes un subsidio equivalente al uno por ciento (1,00%) en función de lo exclusiva y efectivamente recaudado en las cuotas 1 a 6 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, del ejercicio económico financiero 2020.-
Artículo 2º: El subsidio se otorgará durante el Ejercicio 2020 en función de los vencimientos que se establezcan en el Calendario Fiscal para la percepción de dicha Tasa y una vez practicados por el Departamento Ejecutivo Municipal los controles de recaudación correspondientes.-
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal tomará las previsiones pertinentes para el Ejercicio Fiscal 2020 y dispondrá de una partida específica para la imputación del gasto que demande la aplicación de lo dispuesto por el artículo 1º de la presente.-
Artículo 4º: Las facturas que emita el Departamento Ejecutivo Municipal, correspondientes a la tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal deberán contener la siguiente expresión:
“El 1,00% (uno por ciento) del importe total recaudado por esta tasa, será entregado en calidad de subsidio a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes”.-
Artículo 5º: La entidad subsidiada deberá rendir cuentas al Departamento Ejecutivo Municipal de las sumas de dinero percibidas.-
Artículo 6º: Remítase copia de la presente disposición a la entidad solicitante, a los efectos que estime correspondan.-
Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 18º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
Arrecifes, 14 de Noviembre de 2019.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario