Ordenanza Nro. 3123

Expediente Nro. 10.408/19

18º Sesión Ordinaria

13/11/2019

 

VISTO:

La nota presentada por el Presidente de la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes Señor Raúl Tesone,  solicitando se le otorgue un subsidio a la entidad,  revalidando lo establecido por Ordenanza Nro.  3.099/19, para el Ejercicio Económico-Financiero 2020 y; 

CONSIDERANDO:

Que la referida contribución por parte del Estado Municipal consiste en el otorgamiento del monto resultante de la aplicación del 1% de lo efectivamente recaudado por el Municipio de Arrecifes en las cuotas 1 a 6 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal durante el año 2020.-

Que el beneficio es concedido a la entidad anualmente  y desde hace muchos años, a modo de contribución  para solventar los  gastos operativos propios de la actividad.-

Que sobran los argumentos en cuanto al desempeño de la institución, ante cualquier tipo de contingencia que se presenten en nuestro distrito, para proceder al otorgamiento de dicho subsidio.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes un subsidio equivalente al uno por ciento (1,00%) en función de lo exclusiva y efectivamente recaudado en las cuotas 1 a 6 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, del ejercicio económico financiero 2020.-

Artículo 2º: El subsidio se otorgará durante el Ejercicio 2020 en función de los vencimientos que se establezcan en el Calendario Fiscal para la percepción de dicha Tasa y una vez practicados por el Departamento Ejecutivo Municipal los controles de recaudación correspondientes.-

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal tomará las previsiones pertinentes para el Ejercicio Fiscal 2020 y dispondrá de una partida específica para la imputación del gasto que demande la aplicación de lo dispuesto por el artículo 1º de la presente.-

Artículo 4º: Las facturas que emita el Departamento Ejecutivo Municipal, correspondientes a la tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal deberán contener la siguiente expresión:

El 1,00% (uno por ciento) del importe total recaudado por esta tasa, será entregado en calidad de subsidio a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes”.-

Artículo 5º: La entidad subsidiada deberá rendir cuentas al Departamento Ejecutivo Municipal de las sumas de dinero percibidas.-

Artículo 6º: Remítase copia de la presente disposición a la entidad solicitante, a los efectos que estime correspondan.-

Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 18º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-                                                                                                                                                                                                                       

Arrecifes, 14 de Noviembre de 2019.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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