Expediente Nro. 10.311/19
10º Sesión Ordinaria
10/07/2019
VISTO:
El expediente Nº 4010-128226, por el que se gestiona la escrituración del inmueble ubicado en esta ciudad de Arrecifes, el cual forma esquina a las calles Paraguay y Panamá, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 105 Manzana 105 C, Parcela 20-b de esta ciudad de Arrecifes, y;
CONSIDERANDO:
Que, en fecha 12 de junio de 2019 la Sra. Norma Isabel BUSTOS DNI 10.079.820, presenta mediante Expediente Nro.4010-128226, nota solicitando la escrituración de su vivienda, la cual adquirió conjuntamente con su cónyuge don Alberto Antonio Quintana, por Boleto de compraventa a Fernando Leccese.
Que, el Sr. Leccese, titular de dominio, confiere poder especial de escrituración a favor de los cónyuges don Alberto Antonio Quintana y doña Norma Isabel Bustos para que escrituren y regularicen el dominio de su vivienda.
Que, el inmueble es su vivienda única de ocupación permanente, pero no contando con los medios económicos suficientes no han podido escriturarla.
Que, el proceso de regularización dominial del inmueble, comprendido, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel socio económico de los adquirentes y la necesidad de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de dominio sobre los mismos.
Que, según lo dispuesto en el artículo 4º, inciso d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente.
Que, la Sra. Norma Isabel Bustos y el Sr. Alberto Antonio Quintana, cumplen con los requisitos exigidos por la Ley 10.830.
Por lo Expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Declárese de interés social la escrituración a favor de los cónyuges en primeras nupcias Sra. BUSTOS Norma Isabel DNI: 10.079.820 y el Sr. QUINTANA, Alberto Antonio DNI: 28.645.224, del inmueble, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección B, Chacra 105, Manzana 105 c, Parcela 20-b.-
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el artículo anterior.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 10º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA DIEZ DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
Arrecifes, 11 de Julio de 2019.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario