Ordenanza Nro. 3063

Expediente Nro. 10.270/19

5º Sesión Ordinaria

24/04/2019

 

VISTO:          

La intención de acompañar y apoyar desde el Estado Municipal a aquellas madres que sean sostén de familia y tengan aspiraciones de culminar sus estudios primarios, secundarios y/o terciarios, como así también realizar cursos y talleres de capacitación, y;

CONSIDERANDO:

Que, es objetivo del presente proyecto, promover el aprendizaje y mejorar las posibilidades de inserción laboral de un importante segmento de nuestra sociedad.-

Que, atento el tiempo que insumen las responsabilidades familiares en aquellos casos de madres sostén de hogar, es propósito del Municipio brindar un apoyo económico mediante becas mensuales a quienes decidan retomar sus estudios y aspirar a la capacitación y el aprendizaje.-

Que, a tal fin, la Municipalidad de Arrecifes articulará herramientas de gestión educativa con organismos provinciales e instituciones educativas para la implementación de programas docentes y pedagógicos, tal como el caso del PLAN FINES.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por mayoría en general y en particular la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A   :

Artículo 1°: Crease el Programa denominado “NUEVA OPORTUNIDAD” destinado a madres sostén de familia que tengan la aspiración de culminar sus estudios primarios, secundarios y/o terciarios; o realizar cursos y talleres de capacitación y aprendizaje.-

 Artículo 2°: Podrán acogerse el presente Programa quienes cumplan los siguientes requisitos:

  1. Madre que resulte sostén de familia (circunstancia debidamente acreditada mediante Encuesta Social realizada a tal fin por profesionales dependientes de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Arrecifes)
  2. Tener residencia mínima de dos (2) años en el partido de Arrecifes
  3. Tener 17 años o más
  4. Cursar en forma regular estudios en nivel primario, secundario y/o terciario, o en su defecto cursos de capacitación dictados por la Municipalidad de Arrecifes y/u otras instituciones de formación profesional. A tal efecto, las beneficiarias deberán acreditar mensualmente dicha condición con las respectivas constancias de alumno regular y/o certificados de asistencia a los cursos de capacitación expedidos por la institución correspondiente.-
  5. Los demás que establezca la Dirección municipal de Cultura y Educación de Arrecifes en su carácter de órgano de aplicación de la presente Ordenanza.-

Artículo 3º: Las beneficiarias del presente programa percibirán una beca mensual de $ 2.500 (pesos DOS MIL QUINIENTOS).-

Artículo 4º: El cupo de becas otorgadas será determinado por el Departamento Ejecutivo Municipal conforme las previsiones presupuestarias.-

Artículo 5º: El presente programa “NUEVA OPORTUNIDAD” es incompatible con el programa de becas estudiantiles para alumnos terciarios y/o universitarios (Ordenanza 3006/18) y “Plan Estímulo” (Ordenanza 2943/18).-

Artículo 6º: El financiamiento del presente programa de becas estudiantiles se realizará a través del Fondo Municipal de Financiamiento Educativo.-

Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 5º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VETINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-                                                                                                                                                                                                                                              

Arrecifes, 25 de Abril de 2019.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

Volver