Expediente Nro. 10.081/18
13º Sesión Ordinaria
26/09/2018
VISTO:
El expediente Nro. 10.081/18 vinculado a la nota presentada por el Señor Roberto Miguel Tobia, solicitando se le conceda permiso de Estacionamiento Especial para Discapacitado frente a su domicilio de calle Saavedra 114 de nuestra ciudad, de acuerdo a los lineamientos de la Ordenanza Nro. 1.516/01 y sus modificatorias y;
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de acreditar los recaudos para la obtención de la franquicia de Estacionamiento Especial el recurrente ha acompañado la siguiente documentación:
- Copia Documento Nacional de Identidad
- Copia Certificado de Discapacidad Ley 22.431, cuyo vencimiento opera el 2 de Mayo de 2020, con diagnóstico: Fractura del cuello Cuadriplejia, no especificada estado de artrodesis traumatismo de la médula espinal, nivel no especificado”.-
- Copia Cédula de Identificación del Automotor, que será afectado al estacionamiento especial.-
Que con los antecedentes aportados por el requirente se encuentran cumplimentados los extremos previstos en el Artículo 36º de la Ordenanza Nro. 1.516/01, modificada por su similar Nro. 2.096/08.-
Que en cuanto a la asignación del espacio solicitado, si bien el artículo 49º de la Ley 24.449 prohíbe el estacionamiento en la vía pública frente a “… accesos de garajes en uso y de estacionamiento con ingreso habitual de vehículos, siempre que tengan la señal pertinente, con el respectivo horario de prohibición o restricción…”, se desprende que dicho acceso al inmueble pertenece al propio solicitante de la franquicia.-
Que a la hora de administrar los espacios de estacionamiento, teniendo en cuenta la particularidad del beneficio, resulta prudente la correcta administración de los espacios de estacionamiento, por ello se estima conveniente asignar un lugar para estacionamiento especial frente al acceso al garaje del requirente, con más la extensión necesaria para la ubicación del vehículo destinado para la utilización de la franquicia.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Autorizase al Señor ROBERTO MIGUEL TOBIA – (DNI): 4.691.371, a disponer de una reserva de Estacionamiento Especial para Discapacitados, en los términos de la Ordenanza Nro. 1.516/01 y sus modificatorias, frente a su domicilio particular, sito en calle Saavedra Nro. 114 de esta ciudad de Arrecifes.-
Artículo 2º: La reserva del espacio para estacionamiento especial dispuesta en el artículo 1º de la presente se ubicará tomando como base la totalidad de la extensión asignada para el acceso al garaje de la vivienda donde habita el beneficiario, con más el espacio necesario para permitir la ubicación del automotor.-
Artículo 3º: La autorización dispuesta mediante la presente ordenanza es conferida para uso del vehículo marca Chevrolet, modelo Chevrolet Tracker FWD LTZ, tipo Rural 5 Puertas, Dominio NGH823.-
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal establecerá la demarcación y las medidas de la reserva de estacionamiento.-
Artículo 5º: Los gastos que demande la tarea de demarcación serán solventadas exclusivamente por el beneficiario y controlado por el Departamento Ejecutivo Municipal. Para lo cual utilizará el símbolo dispuesto en el Anexo III de la Ordenanza Nro. 1.516/01 y sus modificatorias; además en el cordón de la vereda perteneciente a cualquiera de los extremos de la delimitación del espacio deberá pintarse el Dominio del Automotor (NGH823) para permitir el control en cuanto al cumplimiento de la presente disposición, por parte de la autoridad de aplicación.-
Artículo 6º: Dadas las características especiales por la cual se otorga la franquicia, la presente autorización tendrá una validez de 1 año, contados a partir de la promulgación de la presente disposición. La que podrá ser renovada a solicitud del interesado.-
Artículo 7º: Incorpórese como Anexo I de la presente ordenanza la siguiente documentación:
- Copia DNI del beneficiario de la Franquicia
- Copia Certificado de Discapacidad Ley 22.431
- Copia Cedula de Identificación del Automotor afectado al estacionamiento especial.-
Artículo 8º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 13º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTISEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
Arrecifes, 27 de Septiembre de 2018.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario