Ordenanza Nro. 2975

Expediente Nro. 10.000/18

10º Sesión Ordinaria

08/08/2018

 

VISTO:     

La necesidad de conocer la situación de la forestación de Arrecifes, Todd y Viña y;

CONSIDERANDO:

Que se están produciendo un deterioro considerable del arbolado urbano.-

Que durante años no se han desarrollado políticas de forestación.-

Que la forestación nueva como el cuidado de las especies, contribuyen al orden ecológico y medioambiental.-

Que a tales fines debe dictarse el instrumento reglamentario pertinente por parte del cuerpo deliberativo.-

Por ello:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Establézcase el CENSO FORESTAL dentro del ámbito de todo el Partido de Arrecifes.-

Artículo 2º: A los efectos del censo establecido en el artículo anterior, el mismo tendrá como mínimo las siguientes tareas:

  • Identificación de las especies.-
  • Estado vegetativo de las mismas.-
  • Edad promedio de los ejemplares.-
  • Tratamientos fitosanitarios que se realicen en las especies.-
  • Ubicación de sectores con falta de forestación.-

Artículo 3º: En base al Censo Forestal Permanente, el Departamento Ejecutivo, elaborará en forma anual el Plan de Forestación y Reforestación del Partido de Arrecifes.-

Artículo 4º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar gestiones tendientes a la implementación de convenios con Universidades Nacionales en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires; con el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, Escuela Secundaria Agraria de Arrecifes; Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y todo otro organismo Nacional y Provincial competente en la materia, para la colaboración profesional técnica y económica, que permitan un mejor desarrollo para la actualización del Censo Forestal Permanente

Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo elevará al Concejo Deliberante, para su estudio y demás efectos, los proyectos de convenios que podrían suscribirse.-

Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, arbitrará las medidas pertinentes para cumplir lo dispuesto por la presente.-

Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 10º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-                                                                                                                                                                                                                                              

Arrecifes, 9 de Agosto  de 2018.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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