Ordenanza Nro. 2973

Expediente Nro. 10.022/18

9º Sesión Ordinaria

25/07/2018

 

VISTO:

La Ley Nro. 27.351, la cual instituye el marco regulatorio para electrodependientes por cuestiones de salud a aquellas personas que requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescripto por un médico matriculado y que resulta necesario para evitar riesgos en su vida o en su salud.-

Que la provincia de Buenos Aires ha adherido a dicho régimen mediante la Ley 14.988 y;

CONSIDERANDO:

Que aquellas personas definidas como electrodependientes por cuestiones de salud, registrados debidamente, gozan de un tratamiento tarifario especial gratuito en el servicio público de provisión de energía eléctrica que se encuentre bajo jurisdicción nacional.-

Que en tal sentido, resulta de suma importancia para el estado Municipal poder determinar quienes son las personas que revisten la condición de electrodependientes, en el marco de la legislación vigente.-

Que el Municipio de Arrecifes debe contar con un registro actualizado de aquellas personas consideradas electrodependientes, tal como lo han implementado diferentes distritos de la provincia de Buenos Aires.-

Por lo expuesto:                                                      

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Implementase en el Distrito de Arrecifes, un registro de electrodependientes.-

Artículo 2º: La Secretaría de Salud de la Municipalidad de Arrecifes, será la encargada de crear y llevar el control del Registro de Electrodependientes.

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá requerir a las prestadoras del servicio de suministro de energía eléctrica, antes del 1 de Diciembre de cada año, el listado de electrodependientes.-

Artículo 4°: Los usuarios incorporados al Registro Municipal de Electrodependientes, pertenecientes a la Tarifa T1RP, serán eximidos anualmente del pago de la Tasa de Alumbrado Público Municipal.-

Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la secretaría que corresponda, difundirá la creación de dicho registro y las condiciones para ser incluido en el mismo, mediante la página WEB municipal.-

Artículo 6°: La empresa prestadora del servicio de suministro de energía eléctrica, deberá incluir un enlace en su página WEB, proporcionando toda la información respecto de la creación del registro de electrodependientes, además deberá establecer vías de comunicación directa para dichos usuarios.

Artículo 7°: Promulgada la presente disposición, remítase copia al OCEBA, EDEN S.A. delegación Arrecifes y a la Oficina de Información al Consumidor.-

Artículo 8°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 9º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-                                                                                                                                                                                                                                              

Arrecifes, 26 de Julio de 2018.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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