Ordenanza Nro. 2933

Expediente Nro. 9.917/18

3º Sesión Ordinaria

25/04/2018

 

VISTO:

El expediente Nro. 9.917/18, acerca de la nota presentada por el Señor Presidente del Centro de Jubilados y Pensionados de Arrecifes Rubén Canapino, acompañando presentación efectuada por la entidad ante el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la cual solicita la cesión de predios en el Cementerio local para llevar a cabo el proyecto de construcción de panteones en el cementerio local y;

CONSIDERANDO:

Que la entidad recurrente ha llevado a cabo con el transcurso del tiempo emprendimientos de similares características (confr. Ordenanza Nro. 2.579/14), prestando una importante función a la comunidad.-

Que la cesión de los inmuebles solicitados en el ámbito del Cementerio Local debe concederse en forma gratuita y a perpetuidad, por lo que se estima conveniente que dicho acto reporte un beneficio al Municipio de Arrecifes en función del carácter restrictivo con que debe practicarse el acto de otorgamiento.-

Que resulta conveniente a los intereses Municipales propiciar la reserva de uso y explotación de nichos de los que construya la cesionaria, dado que la obra proyectada importara una fuente de ingresos para la Entidad.-

Que la futura construcción deberá realizarse en el sector destinado para tal fin por la Ordenanza Nro. 2.390/11, debiendo ajustar a los lineamientos técnicos a su Anexo A.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder al Centro de Jubilados y Pensionados de Arrecifes, a perpetuidad y a título gratuito, dos (2) lotes en el Cementerio Municipal reservado para la construcción de panteones, en el sector dispuesto por la Ordenanza Nro. 2.390/11, según se indica en el plano que como Anexo I se acompaña a la presente disposición, identificado con los números treinta y cinco (35) y treinta y seis (36).-

Artículo 2º: Las características constructivas deberán ajustarse estrictamente a las especificaciones técnicas dispuestas por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal para la construcción de panteones que como Anexo II se incorporan a la presente ordenanza.-

Artículo 3º: La Municipalidad de Arrecifes se reserva el uso y ocupación de ocho (8) nichos en cada uno de los sectores cedidos enunciados en el artículo 1º de la presente.-

Artículo 4º: La reserva de nichos dispuesta en el artículo precedente serán los siguientes:

  • Cantidad: 8 (ocho) por sector.-
  • Ubicación: Segunda fila vertical a la izquierda cuatro (4) nichos y segunda fila vertical a la derecha cuatro (4) nichos, contiguos a la puerta de acceso al panteón para cada sector objeto de la cesión.-

Artículo 5º: La ubicación y cantidad de los nichos a cederse en beneficio del municipio, serán fijos e inamovibles, no permitiéndose ningún cambio de los detallados en la normativa.-

Artículo 6º: No se permitirá ningún tipo de cambio a las normativas constructivas dispuestas en la presente.-

Artículo 7º: Las obras deberán comenzar a realizarse en el sector identificado con el número treinta y cinco (35) en un plazo máximo de ciento veinte (120) días de promulgada la presente disposición, para el caso del sector identificado con el número treinta y seis (36), el plazo se extenderá a 365 días; caso contrario y de no mediar justificativo en el atraso para el comienzo de las tareas, la Municipalidad ser reserva el derecho de revocar la cesión otorgada.-

Artículo 8º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 3º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTICINCO DE ABRIL  DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-                                                                                                                                                                                                                                               

Arrecifes, 26 de Abril de 2018.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

(Contiene Anexo).-

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