Ordenanza Nro. 2896

Expediente Nro. 9.854/17

12º Sesión Extraordinaria

29/12/2017

 

VISTO:

La imposibilidad de automovilistas y motociclistas que transitan por Avenida Merlassino de oeste a este de acceder a la calle céntrica de nuestra ciudad, Ricardo Gutiérrez, en un tramo de seis cuadras por prohibición de giro a la izquierda, y;

CONSIDERANDO:

Que el tramo de calle Ricardo Gutiérrez (entre Rivadavia y Moreno) es el de mayor actividad comercial. .

Que la pérdida de preeminencia comercial de la principal calle céntrica de nuestra ciudad se debe, en parte, a la citada dificultad de acceso a la misma.

Que en todas las ciudades se favorece y fa

cilita el tránsito hacia su arteria principal.

Que el tema en cuestión constituye una problemática para los comerciantes de calle Ricardo Gutiérrez, quienes reiteran sus reclamos al respecto.

Que el giro a la izquierda desde Avenida Merlassino hacia calle Rivadavia forma parte de un tradicional paseo de décadas para los arrecifeños, conocido popularmente como “La vuelta del perro”.

Que esta modificación no perjudicaría el flujo de tránsito en Avenida Merlassino, puesto que no adicionaría una demora de más de 20 segundos.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Autorizase el giro a la izquierda en  Avda. Carlos Merlassino en su intersección con calle Rivadavia, en el sentido de circulación Oeste a Este.-

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá modificar el sistema de semaforización de dos a tres tiempos en la intersección señalada, además deberá instalar la carteleria de señalización vial que advierta dicha situación.-

Artículo 3º: La presente disposición entrará en vigencia una vez concluida la obra de “Ramal de Alimentación y Servicio a GNC Cuirolo Combustibles S.A.”, que se están llevando a cabo en Avda. Merlassino desde Avda. Sarmiento – Molina hasta la calle Lamadrid de la ciudad de Arrecifes.-

Artículo 4º: La presente normativa tendrá un período de prueba de 90 días contados a partir de su entrada en vigencia, a los fines de evaluar la efectividad de su aplicación. Finalizado dicho período y de no mediar observaciones por parte del Departamento Ejecutivo Municipal la disposición será de aplicación definitiva.-

Artículo 5º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza, serán imputados a las partidas que correspondan, según el objeto del gasto, del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recurso perteneciente al ejercicio 2018.-

Artículo 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA   12º SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-                                                                                                                                                                                                                                               

Arrecifes, 29 de Diciembre de 2017.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSÉ BOVEDA – Presidente

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

 

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