Ordenanza Nro. 2890

Expediente Nro. 9.841/17

1º Sesión Ordinaria de Prorroga

13/12/2017

 

VISTO:

El Expediente Nro. 9.841/17, vinculado a la nota presentada por el Señor Delegado en el Departamento Judicial de San Nicolás de la Secretaría de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, por la cual solicita la exención de tasas Municipales que gravan el inmueble propiedad de la Suprema Corte de Justicia Bonaerense, ubicado en calle Gerardo A. Risso 241 de esta ciudad de Arrecifes, sede del Juzgado de Paz Letrado de Arrecifes, identificado catastralmente como: Circunscripción I – Sección A – Manzana 46 – Parcela 24 – Partida Inmobiliaria 1527 y;

 

CONSIDERANDO:

Que el bien mencionado, fue adquirido por el organismo provincial el 7 de Diciembre de 2016.-

Que la Ordenanza Nro. 927/93 exime del pago de tasas y/o retribuciones Municipales a bienes correspondientes al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, ubicados en el Distrito de Arrecifes (Ex Bartolomé Mitre).-

Que la citada disposición se encuentra en plena vigencia dada la sana interpretación del Artículo 281 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por lo tanto resulta ajustado a derecho conceder la exención solicitada.-

Que la  exención constituye una dispensa de obligaciones tributarias que opera para el futuro, debe ser de carácter general y tiene vigencia por el ejercicio correspondiente al de la fecha el que se sanciona la medida (conforme artículo 40 del Decreto-Ley 6769/58).-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Exímase del pago de Tasas, derechos y contribuciones al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I – Sección A – Manzana 46 – Parcela 24 – Partida Inmobiliaria 1527, ubicado en calle Gerardo A. Risso 241 de esta ciudad de Arrecifes, propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, sede del Juzgado de Paz Letrado de Arrecifes, para aquellos gravámenes cuyo vencimiento operen a partir de la entrada en vigencia de la presente disposición.-

Artículo 2º: La Delegación en el Departamento Judicial de San Nicolás de la Secretaría de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, deberá presentar nueva solicitud al inicio del ejercicio fiscal 2018.-

Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA   1º SESIÓN ORDINARIA DE PRÓRROGA, CELEBRADA EL DIA TRECE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-                                                                                                                                                                                                                                               

Arrecifes, 14 de Diciembre de 2017.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSÉ BOVEDA – Presidente

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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