Ordenanza Nro. 2879

Expediente Nro. 9.826/17

15º Sesión Ordinaria

25/10/2017

 

VISTO:

El Expediente Administrativo Nro. 91.467/17 y la Ordenanza Nro. 2534/13 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, el día 10 de julio de 2013,  promulgada bajo Decreto Municipal 425/13, y;

CONSIDERANDO:

Que, bajo la misma se reconoció como ocupantes del terreno Municipal identificado catastralmente como Circ.: I; Sec.: B; Qta.: 17; Mz: 17c; Pc.: 7a, a las siguientes personas: VALOR, Néstor Fabián, DNI 26.660.464; DANIELE, Julia Argentina DNI 2.731.858; NAGEL, Silvia Beatriz, D.N.I. 24.351.598; MALEGARIE, Pedro Julio, D.N.I. 7.625.997; BARRERA, Juan Vianney, DNI 13.791.751; BARRERA, Darío Alberto, D.N.I. 17.650.666 y BARRERA, Andrea Lujan, D.N.I. 24.206.892.

Que, se ha dado cumplimiento a la inscripción definitiva del inmueble a nombre del municipio y se ha confeccionado plano de mensura y subdivisión de la “Pc. 7a”, surgiendo las parcelas que ocupan los peticionantes reconocidos como ocupantes de los inmuebles, a saber: 7c, 7d, 7e, 7f, 7g.

Que, en fecha 14 de agosto de 2017, la Sra. Julia Argentina DANIELE, DNI 2.731.858, cede transfiere todos los derechos y acciones posesorios que tiene y le corresponden sobre el inmueble designado catastralmente como: Circ.: I; Sec.: B; Qta.: 17; Mz: 17c; Pc.: 7 c, a favor de su hijo Rubén Angel ANDRIGO, D.N.I. Nº 24.165.158.

Que, en fecha 27 de julio de 2017, los Sres. Juan Vianney BARRERA, DNI 13.791.751 y Darío Alberto BARRERA, D.N.I. 17.650.666, ceden y transfieren todos los derechos y acciones posesorios que tienen y le corresponden sobre el inmueble designado catastralmente como: Circ.: I; Sec.: B; Qta.: 17; Mz: 17c; Pc.7 d,  a favor de Andrea Lujan BARRERA, D.N.I. 24.206.892.

Que, se encuentran agregados al Expediente Administrativo Nro. 91.467/17 las respectivas copias de las cesiones de derechos y acciones posesorios a los que refieren los considerandos que anteceden.

Que, el Decreto Ley 9533/1980, en su Artículo 25 inc. d)  faculta a la Municipalidad a enajenar en forma directa, con exclusión del régimen de subasta pública, a los ocupantes que soliciten y acrediten fehacientemente la erección de mejoras o construcciones permanentes con una antelación de tres (3) años a la fecha de la petición.

Que, la Ordenanza Nro. 701/90, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, a proceder a la venta en forma directa, con exclusión del régimen de subasta pública, previa determinación del estado ocupacional según lo determina el artículo 25º inc. d) del Decreto-Ley 9533/80, a los ocupantes de parcelas inscriptas a nombre de la Municipalidad de Arrecifes, que así lo soliciten. 

Que, en la actualidad, los peticionantes no abonan ningún tipo de tasas e impuestos, ya que la titularidad de los terrenos,  la ostenta la Municipalidad de Arrecifes.

Que, accediendo a dichas ventas, no solo se le solucionaría el problema de los peticionantes, sino que en lo sucesivo la Municipalidad comenzaría a recaudar las tasas e impuestos que gravan dichos bienes.

Por lo Expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A   :

Artículo 1º: Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nro. 2.534/13, en virtud de lo expuesto en los considerandos de la presente normativa, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1º: Reconózcase como ocupantes del terreno Municipal, ubicado en calle Lamadrid entre Avda. Presidente Perón y calle Pergamino del Partido de Arrecifes, a las personas que a continuación se identifican:

  • ANDRIGO Rubén Angel, D.N.I. Nº 24.165.158:: I; Sec.: B; Qta.: 17; Mz: 17c; Pc.: 7 c.
  • BARRERA, Andrea Lujan, D.N.I. 24.206.892:: I; Sec.: B; Qta.: 17; Mz: 17c; Pc.7 d.
  • VALOR, Néstor Fabián, DNI 26.660.464: : I; Sec.: B; Qta.: 17; Mz: 17c; Pc.: 7 e.
  • MALEGARIE, Pedro Julio, D.N.I. 7.625.997:: I; Sec.: B; Qta.: 17; Mz: 17c; Pc.: 7 f.
  • NAGEL, Silvia Beatriz, D.N.I. 24.351.598:: I; Sec.: B; Qta.: 17; Mz: 17c; Pc.: 7 g.”

Artículo  2º: Modifíquese el artículo 2º de la ordenanza Municipal Nro. 2534/13, en virtud de lo expuesto en los considerandos de la presente normativa, el que quedará redactado de la siguiente manera: 

“Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar las escrituras traslativas de dominio del inmueble identificado en el art. 1 de la presente, a favor de los Sres. VALOR, Néstor Fabián, DNI 26.660.464; ANDRIGO Rubén Ángel, D.N.I. Nº 24.165.158; NAGEL, Silvia Beatriz, D.N.I. 24.351.598; MALEGARIE, Pedro Julio, D.N.I. 7.625.997 y BARRERA, Andrea Lujan, D.N.I. 24.206.892, en cumplimiento a la Ordenanza Nro. 701/90”.-

Artículo  3º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio por ante el escribano que designen, dejándose constancia que el adjudicatario se encuentra en la posesión real y efectiva del inmueble.

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA  15º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTICINCO  DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-                                                                                                                                                                                                                                      

Arrecifes, 26 de Octubre de 2017.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

MARIA MONICA LORENZO – Presidente

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

Volver