Expediente Nro. 9.775/17
11º Sesión Ordinaria
23/08/2017
VISTO:
La creciente cantidad de casos de violencia de género y delitos contra la integridad sexual en la infancia y la adolescencia en la Provincia de Buenos Aires y en nuestro distrito, y los distintos proyectos anteriormente aprobados por este Honorable Concejo Deliberante para trabajar en esta problemática, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial Nro. 12.569 (modificada por las Leyes 14.509 y 14.657) prevé las acciones a desarrollar en casos de violencia familiar en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, estableciendo la obligación de intervención de los servicios sociales, educativos y de salud, públicos o privados, que con motivo de sus tareas tomen conocimiento de un hecho de violencia contra las mujeres en los términos de la Ley N° 26.485;
Que la citada ley también establece que el Poder Ejecutivo arbitrará lo medios y recursos para, entre otros objetivos, “desarrollar en todos los municipios servicios de recepción telefónica de denuncias, dotados de equipos móviles capaces de tomar contacto rápido con las familias afectadas y realizar las derivaciones correspondientes, haciendo un seguimiento de cada caso”;
Que la Ley 26.061 reconoce y garantiza los derechos de niñas, niños y adolescentes, en particular los derechos a la dignidad y a la integridad personal que resultan ser los más vulnerados en los casos de delitos contra la integridad sexual; y determina que “Los miembros de los establecimientos educativos y de salud, públicos o privados y todo agente o funcionario público que tuviere conocimiento de la vulneración de derechos de las niñas, niños o adolescentes, deberá comunicar dicha circunstancia ante la autoridad administrativa de protección de derechos en el ámbito local, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por dicha omisión”;
Que la herramienta más importante que tenemos como sociedad es el diseño e instrumentación de políticas públicas que apunten a la sensibilización, prevención, capacitación, asistencia inmediata, seguimiento y promoción de los derechos ante todo tipo de violencia de género y contra la integridad sexual en el ámbito público y privado;
Que ante la situación que se vive en relación con estos temas en la provincia de Buenos Aires, y específicamente en Arrecifes, es indispensable realizar todas las acciones complementarias posibles para hacer frente a este flagelo;
Que oportunamente este Cuerpo aprobó la creación del Área de la Mujer Municipal y que el propio Departamento Ejecutivo anunció públicamente en un acto que contó con la presencia de funcionarias del Consejo Nacional de la Mujer, pero no se puso en funcionamiento el área en la práctica ni se diseñaron las acciones ni dispositivos para la implementación en la práctica.
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Decláranse prioritarias las políticas públicas relativas a Violencia Familiar, de Género y por delitos contra la integridad sexual en el partido de Arrecifes.-
Artículo 2°: En función de la prioridad declarada en el artículo precedente, el Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá:
- La creación de un Registro Único de Violencia Familiar, de Género y por Delitos denunciados contra la integridad sexual que recoja la totalidad de las denuncias realizadas en las distintas dependencias receptoras de denuncias y de detección de los casos, como el Servicio Local de Niñez y Adolescencia, la Dirección de Acción Social, el Centro de Referencia Arrecifes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, la Ayudantía Fiscal, la Comisaría de la Mujer y la Familia y otras dependencias policiales, Hospital Municipal y Centros de Atención Primarias de la Salud, grupo GAVID y demás instituciones públicas o privadas que intervengan.
- Realizar campañas de difusión masiva para prevenir casos de violencia de género y contra la integridad sexual, incluidas las fechas del calendario nacional ya fijadas .
- Reforzar el asesoramiento jurídico gratuito para víctimas de situaciones de violencia.
- Poner en efectivo funcionamiento y promover el trabajo del Área de la Mujer Municipal, asegurando la participación de todos los actores sociales y responsables de las áreas municipales con injerencia en el tema, para el trabajo conjunto y la generación de la información pertinente para la prevención y abordaje de situaciones de todas las formas de violencia.
- Reforzar las políticas de género en el hospital público, establecimientos educativos, y todas las reparticiones de la administración municipal donde el estado municipal desarrolla actividades y/o tenga injerencia en el desarrollo o trazado de las intervenciones, entendiendo que la inclusión del trabajo con perspectiva de género debe ser una política de estado.
Artículo 3°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a:
- Contemplar el incremento de programas de asistencia económica destinados a mujeres víctimas de violencia de género y de delitos contra la integridad sexual, favoreciendo el empoderamiento y la autonomía económica de las víctimas, no sólo bajando programas disponibles en la actualidad de la Pcia. de Bs As y Nacionales sino incrementando el presupuesto del ejercicio fiscal 2018.
- Articular con la Provincia de Buenos Aires y el Consejo Nacional de la Mujer la provisión de los recursos necesarios para el cumplimiento de las medidas restrictivas que dispongan los organismos competentes para asegurar la custodia y protección de las víctimas; la puesta en práctica de políticas públicas de prevención; la capacitación para efectores de salud, en especial respecto de la aplicación de los protocolos vigentes; el acceso a programas nacionales de prevención y atención integral.
- Crear y disponer del Refugio de Mujeres y Menores víctimas de violencia de género y delitos contra la integridad sexual para alojar y asistir a las víctimas que se encuentren en riesgo, en carácter temporario y según resolución
Artículo 4°: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 11º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTITRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Arrecifes, 24 de Agosto de 2017.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
MARIA MONICA LORENZO – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario