Expediente Nro. 9.766/17
11º Sesión Ordinaria
23/08/2017
VISTO:
La sanción del Decreto Ley Provincial Nro. 9104/78 y la Resolución I.V.B.A. Nro. 919 del 92 y la Nro. 4522/00, donde el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires establece el Plan de ejecución de 20 viviendas más infraestructura en el marco del Programa Bonaerense II destinado a posibilitar a los grupos familiares convivientes el acceso a soluciones habitacionales dignas con el consecuente mejoramiento de la calidad de vida familiar., y;
CONSIDERANDO:
Que, resulta necesario emprender acciones conjuntas con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de atender a las necesidades habitacionales de los sectores de menos recursos, para lo cual se promoverá la ejecución de un programa tendiente a solucionar la situación habitacional de 20 familias, en un todo de acuerdo a los lineamientos que se detallaran en las cláusulas del convenio a firmar por las partes.-
Que, es intención del Departamento Ejecutivo Municipal dar una solución al problema habitacional de los ciudadanos de nuestra ciudad.-
Que, a tales fines resulta necesario que el Poder Ejecutivo municipal cuente con la conformidad de este cuerpo según la reglamentación mencionada.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Adherir al Plan de financiamiento de viviendas establecido por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires mediante el Plan de ejecución de 20 viviendas más infraestructura en el marco del Programa Bonaerense II.-
Artículo 2º: Autorizar al Señor Intendente Municipal a suscribir el convenio que determine la autoridad de aplicación encaminado a obtener el financiamiento para la construcción de las viviendas.-
Artículo 3°: Autorizar al Señor Intendente Municipal a suscribir, con los Beneficiarios del programa, los instrumentos legales necesarios que le garanticen a este Municipio el recupero del financiamiento realizado.-
Artículo 4°: Que por ordenanza Nro. 2.175 se autorizó al Instituto de la Vivienda a disponer la afectación de los recursos que le correspondan a este Partido sobre la coparticipación municipal a fin de cancelar el aporte financiero otorgado por el I.V.B.A.-
Artículo 5°: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 11º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTITRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Arrecifes, 24 de Agosto de 2017.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
MARIA MONICA LORENZO – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario