Ordenanza Nro. 2826

Expediente Nro. 9.677/17

2º Sesión Ordinaria

12/04/2017

 

VISTO:
La Licitación Pública No 3/2017 denominada: “Ampliación de la red de alumbrado público en Avenida Molina de la ciudad de Arrecifes”, y; 

CONSIDERANDO:
Que, su llamado fue dispuesto por Decreto No 73/17, formándose en consecuencia el expediente administrativo 77.340/17.-

Que, de acuerdo al Acta de Apertura llevada a cabo el día 23 de febrero de 2017, a las 10:30 hs. en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Arrecifes, concurrieron dos oferentes: la empresa “ELECTRI MEGI S.A. y la empresa CONCELEC S.R.L.

Que, la primera empresa propone la realización de la obra en un valor total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 897.848,00), presentando pagare a la vista para garantizar la oferta en la suma de PESOS ONCE MIL SETENTA Y NUEVE c/09/100 ($ 11.079,09).

Que, la segunda empresa propone la realización de la obra en un valor total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIEZ ($ 998.210,00), presentando pagare a la vista para garantizar la oferta en la suma de PESOS ONCE MIL SETENTA Y NUEVE c/09/100 ($ 11.079,09).

Que, ELECTRI MEGI no presenta Certificado que acredite su Capacidad de Contratación anual vigente al día de la apertura de la licitación, otorgada por el Registro de Licitadores, dependiente del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, siendo dicho certificado un requisito exigido en el Pliego de Bases y Condiciones y su falta la causa de rechazo de la oferta.

Que, de acuerdo al dictamen emitido por la Asesoría Letrada Municipal, a fs. 905/906, existiendo un solo oferente que reúne los requisitos exigidos por el pliego de bases y condiciones y resultando su propuesta conveniente a los intereses municipales, siendo ésta la presentada por CONCELEC S.R.L., debe requerirse autorización al Honorable Concejo Deliberante para su aceptación.

Que, por lo expuesto debe procederse conforme lo establece el artículo 155° del Decreto Ley 6769/58, y en consecuencia requerirse autorización al Honorable Concejo Deliberante a los fines de resolver la aceptación de la misma.

Por ello:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A :

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar la Licitación Pública No 3/2017, correspondiente a la obra de “Ampliación de la red de alumbrado público en Avenida Molina de la ciudad de Arrecifes”, a CONCELEC S.R.L., quien resulta ser el único oferente que reúne los requisitos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones y resultar su propuesta conveniente a los intereses de la Municipalidad de Arrecifes.-

Artículo 2°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 2° SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

Arrecifes, 17 de Abril de 2017.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

SEBASTIAN ANTONIO REIGOSA – Vicepresidente 1º

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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