Expediente Nro. 9.635/16
2º Sesión Extraordinaria
20/01/2017
VISTO:
El inmueble construido por la Municipalidad para el funcionamiento de una escuela secundaria, y;
CONSIDERANDO:
Que, el inmueble construido por la Municipalidad para el funcionamiento de una escuela secundaria, cuya Nomenclatura Catastral se describe Circunscripción I, Sección A, Manzana 6 a, Parcela 6 a, Partidas Inmobiliarias 14229, 11763/73, Superficie total de la parcela 3.771 metros con 64 decímetros cuadrados, había sido cedido parcialmente por la Asociación Becaria de Arrecifes, según ESCRITURA NOVENTA Y TRES pasada ante la notaria Stella Maris Pereyra con fecha 28/06/2011, condicionada a la construcción de una escuela destinada a la enseñanza secundaria.
Que, según el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Arrecifes y la Asociación Becaria de Arrecifes con fecha 30 de Diciembre de 2016, que se adjunta como Anexo I del presente, la Asociación Becaria de Arrecifes reconoció el cumplimiento de la condición impuesta en la cesión por parte de la Municipalidad y se obliga a ceder sin cargo ni condición alguna, los derechos y acciones posesorias sobre la restante parte indivisa del inmueble antes identificado.
Que, el inmueble en cuestión se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad en forma total a nombre de la Municipalidad de Arrecifes.
Que, en compensación por la cesión de los derechos y acciones posesorias sobre la restante parte indivisa del inmueble antes identificado, es conveniente que la Municipalidad ceda y transfiera a la Asociación Becaria de Arrecifes los derechos y acciones posesorias que ostenta sobre un inmueble ubicado en la esquina de las calles General Hornos y Dorrego de ésta ciudad cuyas medidas y superficie surgen del Plano 010-40-2014 aprobado por la Dirección de Geodesia y Registrado con fecha 16 de Junio de 2015, como Parcela 1c, Nomenclatura Catastral de origen Circunscripción I, Sección B, Quinta 12, Manzana 12 d, Parcela 1.
Que, las respectivas cesiones se realizarán en los términos del adjunto Convenio celebrado entre la Municipalidad de Arrecifes y la Asociación Becaria de Arrecifes con fecha 30 de Diciembre de 2016.
Que, el Departamento Deliberativo es competente para autorizar la trasmisión de los bienes municipales, la que para el caso de enajenación onerosa corresponde hacerse en los términos del Artículo 159° del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades), que no resulta de aplicación al supuesto de transferencia a título gratuito, como en la especie convenida.
Que, conforme lo dispuesto por el Artículo 56° del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades), es necesario el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo Deliberante para las transferencias a título gratuito o permutas de bienes de la Municipalidad y según el Artículo 57° del mismo cuerpo, es competencia del Departamento Deliberativo la aceptación de las donaciones.
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°: Apruébese el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Arrecifes y la Asociación Becaria de Arrecifes con fecha 30 de Diciembre de 2016, que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a la cesión de los derechos y acciones posesorios que la Municipalidad de Arrecifes ostenta sobre el inmueble ubicado en la esquina de las calles General Hornos y Dorrego de ésta ciudad cuyas medidas y superficie surgen del Plano 010-40-2014 aprobado por la Dirección de Geodesia y Registrado con fecha 16 de junio de 2015, como Parcela 1c, Nomenclatura Catastral de origen Circunscripción I, Sección B, Quinta 12, Manzana 12 d, Parcela 1, en los términos del Convenio que obra en el Anexo I de la presente y con los alcances de los Artículos 56° y 57° del Decreto Ley 6769/58.
Artículo 3°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a transferir oportunamente la propiedad del bien individualizado en el precedente Artículo 2o, luego de operada la inscripción en el Registro a nombre de la Municipalidad de Arrecifes y a suscribir la escritura de aceptación de la cesión a título gratuito ofrecida a la Municipalidad.
Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 2° SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Arrecifes, 23 de Enero de 2017.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
MARIA MONICA LORENZO – Presidente
MARTON ALEJANDRO TAMASSI CANTELLI – Secretario Legislativo
(Contiene Anexo)