Ordenanza Nro. 2806

Expediente Nro. 9.610/16

15º Sesión Extraordinaria

28/12/2016

 

VISTO:

El expediente Nro. 9.610/16, iniciado a instancias de la nota presentada por el Presidente de la Cooperativa Eléctrica Integral de Provisión de Servicios Públicos y Sociales de Todd Ltda. Juan Carlos Casal; CUIT Nro. 33-54576568-9, con domicilio en Ruta Nacional Nro. 8 – Km. 182 y Sarmiento de la localidad de Todd, Partido de Arrecifes, provincia de Buenos Aires y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la aludida presentación la entidad requirente solicita se le conceda autorización para la utilización del espacio aéreo y de las columnas de alumbrado público.-

Que el consentimiento solicitado tiene por finalidad el tendido de red de fibra para brindar  el acceso a internet mediante tecnología FTTH (Fibra Óptica al Hogar) en la ciudad de Arrecifes.-

Que además le permitirá a la requirente ampliar la velocidad del servicio a empresas, comercios y hogares de la ciudad de Arrecifes que actualmente utilizan dicho servicio.-

Que la Cooperativa Eléctrica Integral de Provisión de Servicios Públicos y Sociales de Todd Ltda., brinda una gama de servicios a sus asociados en dicha localidad, tales como energía eléctrica, telefonía fija y móvil, agua corriente, servicios sociales, e Internet.-

Que los usuarios de localidad de Todd ya cuentan con la red mediante tecnología FTTH (Fibra Óptica al Hogar).-

Que además mediante Ordenanza Nro. 2.674/15 se le concedió autorización para la ocupación del espacio aéreo para el tendido de red de fibra óptica hasta el Sector Industrial Planificado Oficial.-

Que mediante Resolución Nro. 3.195 del 27 de Octubre de 1997 la Comisión Nacional de Comunicaciones, le otorga la licencia a la Cooperativa para la prestación de los Servicios de Valor Agregado en materia de Telecomunicaciones.-

Que a solicitud de la Comisión interviniente, la Cooperativa presenta el 22 de Diciembre de 2016, copia de la Memoria Técnica del Proyecto denominado “Red de fibra al hogar en Arrecifes”, elaborado por la empresa Meditel Redes FTTH S.R.L., con domicilio en Avda. Congreso 5725 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos antecedentes pasarán a formar parte de la presente Ordenanza.-

Que de acuerdo a los planos de obra  el tendido de fibra óptica Todd – Arrecifes tendrá su inicio en el Sector Industrial Planificado de Arrecifes, ubicado en Ruta Nacional Nro. 8 Km. 189, mediante la utilización del sistema LAN TO LAN de enlace, el cual permite a la prestadora del servicio desplegar una plataforma sólida y confiable para intercambiar y compartir archivos multimedia a través de una misma red para tener control absoluto y seguridad de la información; hasta el Inmueble ubicado en Avda. Presidente Perón entre Moreno y Ramón Lorenzo de esta ciudad de Arrecifes, en el que funcionara el DATA CENTER – NODO ARRECIFES – lugar desde donde comenzará la Red FTTH), plano que formará parte de la presente disposición.-

Que la distribución de la Red de Fibra Óptica al Hogar (tecnología FTTH), se llevará a cabo por la prestadora en la zona Céntrica de la ciudad de Arrecifes, conforme lo ilustra el Plano de la Zona Céntrica Planta Urbana Parcial de la Ciudad de Arrecifes, el que formará parte de la presente disposición.-

Que de acuerdo a la documentación presentada por la requirente, no se encuentran impedimentos para conceder la autorización solicitada, sin perjuicio de cumplimentar los trámites que le sean requeridos por el Departamento Ejecutivo Municipal, como medida preliminar al inicio de la obra.-

Por ello:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A    :

Artículo 1º: Autorízase a la Cooperativa Eléctrica Integral de Provisión de Servicios Públicos y Sociales de Todd Ltda., con domicilio en Ruta Nacional Nro. 8 Km. 182 y Sarmiento de la Localidad de Todd, Partido de Arrecifes, Provincia de Buenos Aires; CUIT Nro. 33-54576568-9; la utilización del espacio público aéreo y subterráneo para el tendido de red de fibra Óptica, mediante la tecnología FTTH (Fibra Óptica al Hogar), para brindar el servicio de internet en la ciudad de Arrecifes, cuya extensión tendrá origen desde el Sector Industrial Planificado Arrecifes hasta el inmueble ubicado en Avda. Presidente Perón entre calle Moreno y Ramón Lorenzo de la ciudad de Arrecifes; lugar donde se ubicará el Data Center – Nodo Arrecifes de la prestadora, dando comienzo a partir de dicho punto al tendido de la red de Fibra Óptica al Hogar (FTTH). En un todo de acuerdo a la documentación que forma parte de la presente Ordenanza.-

Artículo 2º: Incorpórese como parte integrante de la presente disposición la documentación que a continuación se detalla:

Anexo I: Copia del Estatuto de la Cooperativa Eléctrica Integral de Provisión de Servicios Públicos y Sociales de Todd Ltda.-

Anexo II: Copia Acta designación de autoridades.-

Anexo III: Memoria Técnica Red FTTH en la ciudad de Arrecifes

Anexo IV: Copia Contrato de Uso Soportes suscripto entre la Cooperativa Eléctrica Integral de Provisión de Servicios Públicos y Sociales de Todd Ltda. y la empresa EDEN S.A.-

Anexo V: Plano Planta Urbana Parcial Ciudad de Arrecifes – Tendido de Fibra Óptica Todd – Arrecifes (LAN TO LAN).-

Anexo V (A): Plano Planta Urbana Parcial Ciudad de Arrecifes – Tendido de Fibra Óptica Todd – Arrecifes (LAN TO LAN) imagen Google Earth (fecha de imágenes: 20/04/2016 – Coordenadas: 34º 03’ 17.53’’ S 60º 07’ 01.54’’ O elevación 40 m alt. Ojo 2.07 km.-

Anexo VI: Plano Planta Urbana Parcial Ciudad de Arrecifes – Zona Céntrica (Red FTTH Arrecifes).-

Artículo 3º: La Cooperativa Eléctrica Integral de Provisión de Servicios Públicos y Sociales de Todd Ltda., una vez conformado el Expediente Administrativo por ante el Departamento Ejecutivo Municipal, comunicará al mismo con 20 días de anticipación la fecha de inicio de los trabajos, debiendo acompañar conjuntamente con dicha comunicación, listado del Personal que afectará a la obra, constancia de cobertura de la Aseguradora de Riesgo del Trabajo. En el supuesto que la obra sea ejecutada mediante la contratación de terceros, deberá acompañar copia del contrato de ejecución  de la obra suscripto entre la Cooperativa y la empresa contratada, listado de personal afectado a las tareas y constancia de la Aseguradora de Riesgo del Trabajo. Asimismo deberá contratar un seguro de responsabilidad civil hacia terceros que ponga a cubierto cualquier contingencia que pudiese suscitarse durante la ejecución de los trabajos.-

Artículo 4º: En el caso de que la obra de extensión de la red de fibra óptica requiera la instalación de postes para soporte de las líneas, los mismos deberán adaptarse a las condiciones de postación establecidos por la Ordenanza Nro. 2.578/14.-

Artículo 5º: La Cooperativa Eléctrica Integral de Provisión de Servicios Públicos y Sociales de Todd Ltda., deberá abonar previamente las tasas y derechos que correspondan en función de la obra a ejecutar, conforme las disposiciones contenidas en la ordenanza fiscal e impositiva vigente.-

Artículo 6º: La Cooperativa Eléctrica Integral de Provisión de Servicios Públicos y Sociales de Todd Ltda., asume la responsabilidad exclusiva de cualquier accidente que pudiese suscitarse en la vía pública como consecuencia de la ejecución de la obra en cuestión.-

Artículo 7º: La Cooperativa Eléctrica Integral de Provisión de Servicios Públicos y Sociales de Todd Ltda., dispondrá de un plazo de 180 días corridos, contados a partir de la promulgación de la presente ordenanza, para dar comienzo a la obra de tendido de la red de Fibra Óptica, si transcurrido el plazo indicado la misma no iniciara las tareas señaladas, se producirá de pleno derecho la caducidad de la autorización conferida por la presente Ordenanza.-

Artículo 8º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA  15º SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-                                                                                                                                                                                                                                     

 

Arrecifes, 29 de Diciembre de 2016.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

MARIA MONICA LORENZO – Presidente

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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