Ordenanza Nro. 2803

Expediente Nro. 9.598/16

1º Sesión Ordinaria de Prorroga

14/12/2016

 

VISTO:

 El Expediente Nro. 4010-34.259/14, y;

CONSIDERANDO:

Que, el mismo se formó como consecuencia de la necesidad de regularizar la situación dominial respecto del inmueble cuyos adjudicatarios son Carolina Verónica ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 23.664.029 y Rafael Fernando DI ALESSIO, D.N.I. Nº 22.933.809, en el marco del “Programa Familia Propietaria”.-

Que, a tales fines se dictó el Decreto Municipal Nº 34/15, por el cual se declara de interés social la regularización dominial del inmueble designado catastralmente como: Circ.: II – Sec.: B – Chacra: 101 – Mza.: 101 y – Parc.: 1, ubicado en calle Bolivia Nº 902 de la ciudad de Arrecifes.-

Que, es requisito indispensable para la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As., a fin de regularizar la situación dominial del referido inmueble, que exista ordenanza que contemple al beneficiario de la futura escritura traslativa de dominio.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Convalídese el Decreto Nº 34/15, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal y autorizase al Sr. Intendente Municipal a disponer la escritura del inmueble designado catastralmente como: Circ.: II – Sec.: B – Chacra: 101 – Mza.: 101 y – Parc.: 1, ubicado en calle Bolivia Nº 902 de la ciudad de Arrecifes, Partido del mismo nombre, Pcia. de Buenos Aires.-

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio por ante el escribano que designen, corriendo los gastos que la misma demande por cuenta exclusiva del/los adjudicatario/s. Dejándose constancia que los adjudicatarios se encuentran en la posesión real y efectiva del inmueble.

Artículo 3º: Líberanse, al solo efecto de la escrituración, las deudas que por gravámenes municipales, afecten al inmueble comprendido en la presente. Tales deudas deberán ser asumidas expresamente por el/los adquirentes y la Escribanía de Gobierno o el Escribano interviniente en su lugar, comunicarán a la Municipalidad las escrituras otorgadas.

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-  

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA  1º SESIÓN ORDINARIA DE PRÓRROGA, CELEBRADA EL DÍA CATORCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-                                                                                                                                                                                                                                        

Arrecifes, 15 de Diciembre de 2016.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

MARÍA MONICA LORENZO – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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