Ordenanza Nro. 2673

Expediente Nro. 9.144/15

17º Sesión Ordinaria

25/11/2015

 

VISTO:         

La nota presentada por  la Sra. GRACIANI PATRICIA FELISA, DNI: 25.207.722, domiciliada en calle Corrientes y Cortada, Casa Nº 1-Barrio Solidaridad-  Alberdi de Arrecifes,  Bs. As., la cual pretende regularizar la situación dominial del inmueble que ocupa, el cual se encuentra identificado catastralmente como: Circ.: I; Secc.: B; Qta.: 17; Mz.: 17g; Pc.: 1, inscripto a nombre de la Municipalidad de Arrecifes, y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1, la peticionante solicita que se la reconozca como ocupante del inmueble que habita desde hace 11 años, el cual es de dominio Municipal y además solicita que se le proceda a la venta de forma directa del bien, a fin de poder gestionar la escritura traslativa de dominio. 

Que a fs. 2 a 4, adjunta fotos de la vivienda en cuestión, en las que lucen las  mejoras permanentes realizadas en la vivienda y en el inmueble.   

Que a fs. 14 a 24, agrega certificados médicos y otra documentación, de las cuales surge la discapacidad, que poseen la peticionante y su hija menor Candela Isolina Mendoza, DNI: 43.544.764.

Que a fs. 25 a 30, lucen comprobantes de la compra de materiales para la construcción.

Que a fs. 31 a 46, acompaña facturas del servicio de cable y energía eléctrica, de donde surge la titularidad de los servicios en cuestión y la fecha de posesión del inmueble.

Que a fs. 47 a 48, luce copia del contrato de comodato, efectuado a favor de la peticionante.

Que a fs. 49, obra informe socio ambiental, el cual da cuenta que la vivienda de referencia, se halla ocupada por la peticionante y su hijos.

Que a fs. 50 a 53, obra documentación de la cual surge que el inmueble que se pretende regularizar es de dominio Municipal.

Que a través de los certificados de discapacidad presentados a fs. 14 a 24, se acreditada situación de vulnerabilidad en la que se encuentran la peticionante y su hija menor Candela Isolina Mendoza.

Que el Decreto Ley 9533/1980, en su Artículo 25 inc. d)  faculta a la Municipalidad a enajenar en forma directa, con exclusión del régimen de subasta pública, a los ocupantes que soliciten y acrediten fehacientemente la erección de mejoras o construcciones permanentes con una antelación de tres (3) años a la fecha de la petición.

Que la Ordenanza Nº 701/90, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, para proceder a la venta en forma directa, con exclusión de régimen de subasta pública y previa determinación del estado ocupacional según lo determina el articulo 25 inc. d) del Decreto-Ley 9533/80 a los ocupantes de parcelas inscriptas a nombre de la Municipalidad de Arrecifes, que así lo soliciten.

Que el Art. 14 bis. De la Constitución Nacional, expresa: “…. En especial, la ley establecerá: … la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”.

Que el Art. 75 inc. 23 de la Constitución Nacional, expresa : “… Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad”.

Que al Art. 36 inc. 7 de la Constitución de la Pcia. de Bs. As., consagra que: “ La Provincia promoverá la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales:

A tal fin reconoce los siguientes derechos sociales (…) inc 7.- A la Vivienda. La Provincia promoverá el acceso a la vivienda única y la constitución del asiento del hogar como bien de familia; garantizará el acceso a la propiedad de un lote de terreno apto para erigir su vivienda familiar única y de ocupación permanente, a familias radicadas o que se radiquen en el interior de la Provincia, en municipios de hasta 50.000 habitantes, sus localidades o pueblos.-

Que el Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, otorga jerarquía constitucional a los tratados internacionales de derechos humanos.

Que la Declaración Universal de Derechos Humanos, a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, imponen al estado la obligación de garantizar los derechos básicos fundamentales  en relación con los niños y la necesidad de velar en todo momento por su interés superior.

Que en la actualidad la peticionante no abona ningún tipo de tasas e impuestos, ya que la titularidad del terreno la ostenta la Municipalidad de Arrecifes.

Que accediendo a dicha venta no solo se le solucionaría el problema a la peticionante, sino que en lo sucesivo la Municipalidad comenzaría a recaudar las tasas e impuestos que gravan dicho bien.

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Déjese sin efecto el Contrato de comodato, efectuado por esta Municipalidad de Arrecifes, a favor de la Sra. GRACIANI PATRICIA FELISA, DNI: 25.207.722.

Artículo 2º: Reconózcase como ocupante del terreno Municipal que se identifica catastralmente como: Circ.: I; Secc.: B; Qta.: 17; Mz.: 17g; Pc.: 1, a la Sra. : GRACIANI PATRICIA FELISA, DNI: 25.207.722.

Artículo 3º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado en el Art. 1 de la presente, a favor de la Sra. GRACIANI PATRICIA FELISA, DNI: 25.207.722, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 701/90.

Artículo 4º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 17º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.- 

Arrecifes, 26 de Noviembre de 2015.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

MARÍA MÓNICA LORENZO – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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