Expediente Nro. 9.148/15
15º Sesión Ordinaria
28/10/2015
VISTO:
El expediente Nro. 9.148/15 vinculado a la nota presentada por el Señor Presidente de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Arrecifes, mediante la cual solicita se le otorgue para el ejercicio económico financiero 2016 del Municipio de Arrecifes, la subvención dispuesta oportunamente en las mismas condiciones establecidas en la Ordenanza Nro. 2.610/14, y;
CONSIDERANDO:
Que el referido subsidio consiste en el otorgamiento del importe resultante de la aplicación del 1% de lo efectivamente recaudado por el Municipio de Arrecifes en las cuotas 1 a 6 de la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal durante el año 2016.-
Que dicho beneficio es concedido anualmente y desde hace muchos años a la entidad recurrente, con el fin de cubrir parte de los gastos que demanda el desarrollo de su actividad, entidad que mantiene un accionar eficiente en la atención de siniestros y que año a año renueva su equipamiento.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes un subsidio equivalente al uno por ciento (1,00%) en función de lo exclusiva y efectivamente recaudado en las cuotas 1 a 6 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, del ejercicio económico financiero 2016.-
Artículo 2º: El subsidio se otorgará durante el ejercicio 2016 en función de los vencimientos que se establezcan en el Calendario Fiscal para la percepción de dicha Tasa y una vez practicados por el Departamento Ejecutivo Municipal los controles de recaudación correspondientes.-
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal tomará las previsiones pertinentes para el Ejercicio Fiscal 2016 y creará una partida específica para la imputación del gasto que demande la aplicación de lo dispuesto por el artículo 1º de la presente.-
Artículo 4º: Las facturas que el Departamento Ejecutivo Municipal emita a partir del 01/01/2016, correspondientes a la tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal deberán contener la siguiente expresión:
“El 1,00% (uno por ciento) del importe total recaudado por esta tasa, será entregado en calidad de subsidio a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes”.-
Artículo 5º: La entidad subsidiada deberá rendir cuentas al Departamento Ejecutivo Municipal de las sumas de dinero percibidas.-
Artículo 6º: Remítase copia de la presente disposición a la entidad solicitante, a los efectos que estime correspondan.-
Artículo 7º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 15º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VENTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
Arrecifes, 29 de Octubre de 2015.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
JORGE EBER ETEROVICH – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario