Expediente Nro. 8.967/14
13º Sesión Ordinaria
23/09/2015
VISTO:
El acto administrativo Decreto 900/2007 por el que se procedió a la derogación del Decreto 268/2007, el cual era arbitrario, irrazonable, excesivo e inconstitucional en gran medida en sus aspectos dispositivos, de imposible cumplimiento y condicionaba en exceso la gestión municipal que recién comenzaba hacia el futuro.-
Que, el decreto antes mencionado fue sometido a la justicia por el Sindicato de Trabajadores Municipales de Arrecifes, y;
CONSIDERANDO:
Que, el aludido decreto determinó que el Sindicato de Trabajadores Municipales de Arrecifes adeuda a la Municipalidad de Arrecifes la suma de Pesos Ocho millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos treinta y tres c/ 13/100 ($: 8.794.833,13) en concepto de diferencias abonadas a los agentes municipales durante la vigencia de la medida cautelar que suspendió los efectos del Decreto 900/2007 derogatorio del Decreto Nro. 268/2007, con más los intereses correspondientes, disponiendo la repetición del importe.-
Que, sin prejuicio de la responsabilidad que le cabe a la entidad gremial por el pago al que resulto obligada la Municipalidad de Arrecifes durante la vigencia de la medida cautelar referida en el párrafo precedente, luego dejada sin efecto, la realidad indica que los beneficiarios directos de los desembolsos fueron los trabajadores dependientes de la Administración Municipal.-
Que, la magnitud de la deuda determinada, indica que exigirla judicialmente a la representación sindical de los agentes municipales, pondría en riesgo su subsistencia y trasladaría el tema a los afiliados, contingencia que el estado municipal no pretende auspiciar en aras de fomento del derecho al trabajo y de asegurar condiciones dignas (artículo 39, inc. 1 de la Constitución Provincial).-
Que, es conveniente destacar que en ningún momento el Departamento Ejecutivo persiguió el objetivo de perjudicar a la Entidad Sindical y mucho menos aún a los trabajadores municipales, pero que planteada la litis en el ámbito judicial se procedió a defender los intereses del Municipio con profesionalidad y responsabilidad en el proceso judicial en el que fuera decretada la medida cautelar, considerando que el D.E.M. dispone de atribuciones y facultades suficientes para el dictado del acto administrativo (Decreto Nº 900/07).-
Que, en virtud de lo expresado, se estima conveniente hacer remisión de la deuda individualizada en el párrafo primero y disponer su baja de la contabilidad municipal.-
Por lo expuesto y en uso de las facultades dispuestas por los artículo 25, 27 inc. 28 del Decreto Ley 6769/1958 y art. 39, inc. 1 de la Constitución Provincial:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Hágase remisión de la deuda determinada por el artículo 8º del Decreto Municipal Nro. 413/14 al Sindicato de Trabajadores Municipales de Arrecifes y a los eventuales beneficiarios directos de los desembolsos realizados por la Municipalidad de Arrecifes, durante la vigencia de la medida cautelar que suspendió los efectos del Decreto Nro. 900/07 y dispóngase su baja de la contabilidad Municipal.-
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 13º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTITIRES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Arrecifes, 24 de Septiembre de 2015.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
JORGE EBER ETEROVICH – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario