Expediente Nro. 9.019/15
4º Sesión Ordinaria
13/05/2015
VISTO:
Que en el mes de abril del 2012 la provincia de Buenos Aires inició una campaña de recolección de basura electrónica junto con la Facultad de Informática de la Universidad Nacional de la Plata (UNLP), institución que desarrolló el proyecto E-Basura
Que mediante Resolución Nº 2.350 del 26 de Septiembre de 2012, se solicitó la realización de una campaña de recolección de residuos electrónicos, y;
CONSIDERANDO:
Que, la mencionada Universidad, una vez recibida esta basura electrónica, realiza un tratamiento de reciclado y separado de las partes para ser reutilizadas, o de las que deben ser desechadas con ciertas restricciones para el medio ambiente.
Que según el titular de la Subsecretaría de Modernización del Estado (dependencia a cargo del proyecto) se trata del primer paso de una cadena de proyectos de concientización de la ciudadanía para proteger el medio ambiente y reciclar sus productos obsoletos, manifestando además que “Queremos incorporar a los municipios como centros de reciclado y centros de información sobre el consumo responsable de la tecnología y la posibilidad de reparar y reutilizar estos componentes con fines sociales”.
Que en el mes de Septiembre de 2012 el H.C.D. de Arrecifes sancionó la Resolución Nro. 2.350/12 donde se solicitaba el desarrollo de una “Campaña de Recolección de Residuos Tecnológicos”,
Que es necesario reglamentar la recolección de residuos electrónicos, para regular la recolección de dichos desechos.
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo realizará semestralmente una campaña de recolección de Residuos Electrónicos, en el 1er. Semestre (Enero-Junio) y 2do. Semestre del año (Julio-Diciembre).
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo realizará las gestiones necesarias ante las instituciones u organismos del gobierno provincial o Nacional, para el envío de los residuos electrónicos recolectados mediante las campañas de recolección de este tipo de residuos.-
Artículo 3º: Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente ordenanza, serán imputados a las partidas que correspondan, según el objeto del gasto, del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente.-
Artículo 4º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 4º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA TRECE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
Arrecifes, 14 de Mayo de 2015.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
JORGE EBER ETEROVICH – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario