Ordenanza Nro. 2617

Expediente Nro. 8.832/14

13º Sesión Ordinaria

24/09/2014

 

VISTO:

La Ley 13.342 y sus modificatorias 13.847 y 14.394 y el Decreto 699/10, mediante el cual se instrumenta el Plan de Escrituración del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, comprensivo de la totalidad de los inmuebles financiados por dicho organismo, y la ordenanza 2495/12, promulgada por Decreto 798/12, que convalida el convenio firmado para la implementación del Plan de Escrituración dentro del territorio de este municipio, y el expediente 4010-5151/2013, mediante el cual se solicita la confección del instrumento de mensura para el Barrio de 152 viviendas Solidaridad – Obstáculos en el Agua – Villa Sanguinetti, y;

CONSIDERANDO:

Que se encuentra comprendido dentro del régimen antedicho las viviendas pertenecientes al Barrio 152 vivienda Solidaridad, emplazadas en el Partido de Arrecifes.-

Que a los efectos de posibilitar la continuación del proceso de Regularización Dominial iniciado, con el consiguiente beneficio para los legítimos adjudicatarios de las viviendas involucradas, resulta imprescindible desafectar del uso público y transferir al uso privado la superficie destinada a calle, conforme surge del Anexo I a la presente.-

Que la fracción aludida se encuentra en la actualidad ocupada por parte del barrio precitado.-

Que por lo expuesto, deviene necesario propiciar la presente, justificándose en la instancia la medida en los hechos existentes en el área y las necesidades planimétricas tendientes a la regularización dominial en proceso.-

Que a los fines pretendidos es necesario transferir la superficie anteriormente descripta al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, a título gratuito.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A     :                                 

Artículo 1°: Desafectase del uso público y transfiérase al uso privado las superficies destinadas a calles públicas, de acuerdo a lo reflejado como Anexo  I de la presente, y que se encuentran comprendidas por las de Amadeo Paz entre calle Julio Sosa y calle sin nombre, Amadeo Paz entre calle sin nombre y calle Carlos Gardel y la totalidad de la calle sin nombre que es envolvente de la manzana 91h.-

Artículo 2°: Transfiérase a título gratuito la superficie descripta en el artículo 1° de la presente al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 3°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 13º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTICUATRO  DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

Arrecifes, 25 de Septiembre de  2014.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

JORGE EBER ETEROVICH – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

(Contiene Anexo).-

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