Expediente Nro. 8.791/14
6º Sesión Ordinaria
11/06/2014
VISTO:
Las permanentes gestiones efectuadas por el Departamento Ejecutivo Municipal solicitando durante más de seis años ante el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, la implementación de la Policía de Seguridad Comunal en nuestro Distrito, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 2.065/07, adhiriendo en todos sus términos a la Ley Nro. 13.482, y;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 10, 11 y 12 inc. 1 y 3, 20 y 56 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establecen que “todos los habitantes de la Provincia de Buenos Aires tienen derecho a ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad”, siendo dicha premisa responsabilidad primordial del Estado.
Que, la seguridad pública significa para los ciudadanos el goce y ejercicio de sus derechos, libertades y garantías constitucionales, principio que debe ser resguardado por todos, pero que el Estado Provincial, en este caso junto al Municipio, se transforman en factores fundamentales para garantizar el cumplimiento del mismo.
Que, sobre dicha plataforma legal se sientan los principios y bases fundamentales de la Policía de Seguridad Comunal, que integra el Sistema de Seguridad Publica Provincial.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal permanentemente colabora con los organismos competentes en lo que se refiere a propiciar una mejor calidad de vida, contribuyendo a dotar al municipio de los medios capaces de asegurar uno de sus primordiales objetivos, que es la preservación de la seguridad pública.
Que, en consecuencia, a fin de brindar mayores recursos que permitan la prevención y/o esclarecimiento de hechos delictivos, siempre resulta oportuno adoptar aquellas medidas tendientes a garantizar la seguridad de los habitantes del Distrito, entre ellos la firma de convenios con organismos competentes que tiendan a concretar estos objetivos.
Que, en este sentido, en el año 2007, y de acuerdo a lo solicitado en ese momento por el Intendente electo, Dr. Daniel Néstor Bolinaga, al Intendente saliente, Dr. Carlos Francisco Angelini, se celebra un convenio entre el Municipio de Arrecifes y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, convalidado a través de la Ordenanza Nº 2.065/07, por la cual se adhiere en todos sus términos a la Ley Nº 13.482, Título III, solicitando la Policía de Seguridad Comunal para nuestro Distrito.
Que, el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos actualmente ha implementado un nuevo modelo de Convenio, el cual debe ser firmado por el Intendente Municipal del Partido de Arrecifes, Dr. Daniel Néstor Bolinaga, a fin de lograr la consolidación de este servicio de seguridad pública en nuestro Distrito.
Que, de acuerdo a las normativas vigentes, el mencionado convenio se debe disponer ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante para su autorización y convalidación.
Por ello:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, el convenio de adhesión a la Ley Nº 13.482, Título III, Policía de Seguridad Comunal, en un todo de acuerdo a las cláusulas que compone el Anexo I que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2º: Derogase la Ordenanza Nro. 2.065/2007.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 6º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA ONCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-
Arrecifes, 12 de Junio de 2014.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
JORGE EBER ETEROVICH – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario
(Contiene Anexo).-